Dt 1 Regulación de la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León
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»D.T. 1ª. Plazo de adaptación de ordenanzas y reglamentos municipales.
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Los municipios adaptarán sus ordenanzas o reglamentos de regulación de instalaciones funerarias y cementerios a lo dispuesto en este decreto, en el plazo máximo de un año desde su entrada en vigor.
