Dt 1 Reguladora del Régimen de Subvenciones del País Vasco
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»D.T. 1ª.- Procedimientos iniciados con anterioridad.
Las ayudas y subvenciones públicas cuya convocatoria se hubiera publicado en el Boletín Oficial del País Vasco con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley se regirán por lo dispuesto en sus bases reguladoras y, en su caso, en la respectiva convocatoria.