Dt 12 Ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras
Ver Indice
»D.T. 12ª. Adaptación de los planes de pensiones preexistentes a lo establecido en la disposición final cuarta, por la que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las especificaciones de los planes de pensiones, los boletines de adhesión a los mismos y los documentos con los datos fundamentales para el partícipe de los planes individuales, deberán adaptarse a lo establecido en la disposición final cuarta de este real decreto en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.
