Dt 2 Código tributario de Cataluña
- Todas las referencias a «cuerpos tributarios de adscripción exclusiva a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos tributarios de adscripción a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos tributarios adscritos a la Agencia Tributaria de Cataluña», «cuerpos específicos adscritos a la Agencia Tributaria de Cataluña»,«cuerpos tributarios que tiene adscritos»,«cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña» o «cuerpos tributarios de la Agencia», y las referencias análogas de carácter genérico a los cuerpos tributarios, se sustituyen por la denominación única «cuerpos tributarios de la Generalidad de Cataluña». - LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector publico y de creacion del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
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»D.T. 2ª. Composición transitoria de la Junta de Tributos de Cataluña
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El presidente de la Junta de Finanzas, mientras no se procede a la adaptación de los puestos de trabajo actuales de la Junta de Finanzas a lo establecido por el título II del presente libro, pasa a ejercer las funciones de presidente de la Junta de Tributos y de presidente de la Sala 1 de la Junta de Tributos; el vicepresidente de la Junta de Finanzas pasa a ejercer las funciones de vicepresidente de la Junta de Tributos y de presidente de la Sala 2 de la Junta de Tributos; los vocales de la Junta de Finanzas ocupan los puestos equivalentes a los de vocales de la Junta de Tributos, y el secretario de la Junta de Finanzas pasa a ejercer las funciones de secretario de la Junta de Tributos.
