Dt 2 Estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
- Todas las referencias a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social efectuadas en la presente Resolución se entenderán hechas a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. - Resolucion de 5 de julio de 2016, de la Intervencion General de la Administracion del Estado, por la que se modifican las Resoluciones de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptacion del Plan General de Contabilidad Publica a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social; y la de 25 de julio de 2012, por la que se determina la estructura y composicion de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
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»D.T. 2ª. Información a incluir en la Cuenta General de la Seguridad Social y en las cuentas anuales de las entidades del primer ejercicio en el que se aplique la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
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Las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social que se formulen el primer ejercicio de aplicación de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, se deberán elaborar de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la adaptación.
A estos efectos, los estados que integran los documentos en que se estructura la Cuenta General de la Seguridad Social, no reflejarán las cifras relativas al ejercicio anterior.
