Dt 2 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
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»D.T. 2ª. Plazo para establecer mecanismos de trazabilidad de las consultas en la comunicación de datos entre la Red de Servicios Sociales de Atención Pública y los servicios sanitarios del sistema público
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Las entidades responsables, en el ámbito sanitario y de los servicios sociales, de las comunicaciones a que se refiere la disposición adicional decimoquinta de la Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales, deben establecer, en el plazo de dos años, mecanismos que permitan a las personas afectadas consultar la trazabilidad de las consultas y acciones realizadas.
