Dt 2 Radio y televisión d...autonómica

Dt 2 Radio y televisión de titularidad autonómica

Ver Indice
»

D.T. 2ª. Primera elección de la persona titular de la Dirección General de la RTVA.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En la primera elección de la persona titular de la Dirección General de la RTVA conforme a lo establecido en esta Ley, si no se dispusiera su elección, de acuerdo con lo previsto en su artículo 18.1, en el plazo de un mes, contado desde la primera votación efectuada en Pleno del Parlamento de Andalucía, se procederá a su elección por mayoría absoluta.