Dt 2 Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza
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»D.T. 2ª. Señalización.
Vigente
Los terrenos cinegéticos que deban adecuar su señalización según lo expuesto en el artículo 86 de este reglamento, tendrán un plazo máximo para hacerlo de 3 temporadas cinegéticas desde el momento de publicación del mismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-03-2022 en vigor desde 03-03-2022