Dt 2 Reglamento ITV

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D.T. 2ª.- Vigencia de los contratos concesionales.

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Sin perjuicio de lo establecido en la disposición derogatoria, hasta la extinción de los contratos de gestión suscritos con las empresas concesionarias, continuarán en vigor, en cuanto afecten a dichos contratos, el Decreto 94/1986, de 6 de junio, por el que se regula la red de estaciones de Inspección Técnica de Vehículos automóviles en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, y su normativa de desarrollo.