Dt 2 Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores
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»D.T. 2ª. Titulaciones académicas.
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Los profesores y directores que a la entrada en vigor de este reglamento estuvieran autorizados para ejercer de acuerdo con las titulaciones académicas exigidas por la normativa anterior, podrán continuar ejerciendo sus funciones mientras sigan autorizados para ejercer como tales.
