Dt 2 el que se regula el ...es Balears

Dt 2 el que se regula el regimen juridico de las concesiones para la prestacion del servicio de television local por ondas terrestres en el ambito territorial de las Illes Balears

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Emisiones con tecnología analógica.

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1. Mientras la normativa vigente lo permita, las concesionarias de televisión local por ondas terrestres con tecnología digital podrán difundir sus programas con tecnología analógica.

2. Con esta finalidad, las concesionarias presentarán a la Consejería competente la correspondiente solicitud, que se acompañará de un estudio sobre las soluciones técnicas necesarias que permitan tal emisión. Dicho estudio incluirá, como mínimo, la propuesta de canal, la ubicación de la estación emisora, la potencia radiada aparente (PRA), el diagrama de radiación y el tipo de polarización.

3. Las posibilidades de emisión con tecnología analógica por parte de las concesiones que se otorguen a partir de la entrada en vigor de la Ley 10/2005, de 14 de junio, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Televisión Digital Terrestre, de Liberalización de la Televisión por Cable y de Fomento del Pluralismo, se tienen que adaptar a lo dispuesto en el apartado noveno del artículo tercero de dicha Ley.