Dt 2 se regula el Registr...s públicas

Dt 2 se regula el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia y la adjudicación de las viviendas protegidas, así como de las acogidas a programas de acceso a vivienda con ayudas públicas

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D.T. 2º.

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Para todas aquellas promociones ya calificadas provisionalmente y en las que conste solicitud presentada por la empresa promotora para la celebración del sorteo antes de la entrada en vigor del presente decreto, y donde aún no exista lista provisional de adjudicatarios/as o sea necesario realizar un nuevo sorteo por desistimiento o renuncia de los/las adjudicatarios/as resultantes del sorteo y de sus reservas, a petición del/de la promotor/a se utilizará el procedimiento establecido en este decreto para la adjudicación de las viviendas.

La tramitación de estos expedientes tendrá carácter de urgencia, pudiendo acortarse hasta la mitad los plazos señalados en el presente decreto, y teniendo preferencia en su tramitación ante las nuevas solicitudes.