Dt 22 TR de la ley de urb...e Cataluña

D.T. 22ª. Plazo de disolución de los consorcios urbanísticos para la ejecución de las áreas residenciales estratégicas.

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D.T. 22ª. Plazo de disolución de los consorcios urbanísticos para la ejecución de las áreas residenciales estratégicas.

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Los consorcios urbanísticos constituidos entre el Instituto Catalán del Suelo y los ayuntamientos para la ejecución de las áreas residenciales estratégicas tienen que disolverse en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de esta disposición transitoria. La disolución del consorcio comporta las correspondientes compensaciones económicas entre sus miembros con respecto a los gastos sufragados hasta la fecha, tanto para la modificación de planeamiento como para la gestión del área residencial estratégica.

Modificaciones