Dt 3 Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
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»D.T. 3ª. Plan inicial de actuación.
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De conformidad con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, el Plan Inicial de Actuación constituirá el Plan de acción de la Agencia para el año 2025, cuya vigencia será de cuatro años desde la aprobación de este decreto.
