Dt 3 Impuesto sobre la Renta de no Residentes
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»D.T. 3ª. Régimen transitorio de la exención del artículo 14.1.g).
Vigente
(NOTA: Disposición con efectos a partir del 1 de enero de 2021)
La exención a la que se refiere la letra g) del apartado 1 del artículo 14 será de aplicación durante los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 a las participaciones adquiridas antes del 1 de enero de 2021 cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros sin que sea necesario que la participación, directa o indirecta, alcance el 5 por ciento en el capital y siempre que se cumplan los restantes requisitos establecidos en dicho artículo 14.1.g).
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 3ª (se añade)) por DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2021, de 23 de febrero, de medidas adicionales en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en el Impuesto sobre las Primas de Seguros y en las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.
(BOB de 25-02-2021) en vigor desde 26-02-2021 - Texto Original. Publicado el 13-12-2013 en vigor desde 26-02-2021