Dt 3 Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Acceso al Registro de la Propiedad de edificaciones en situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación con anterioridad al Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio.
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En el caso de que una edificación declarada en situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación hubiera accedido al Registro de la Propiedad con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, sin mención expresa de las condiciones derivadas de este régimen, la Administración competente deberá instar dicha constancia en la forma y a los efectos previstos en la legislación notarial y registral correspondiente.
Modificaciones
- Artículo modificado (Disposición Transitoria Tercera) por Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(JA de 30-01-2012) en vigor desde 01-03-2012
