Dt 3 se regula el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia y la adjudicación de las viviendas protegidas, así como de las acogidas a programas de acceso a vivienda con ayudas públicas
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»D.T. 3º.
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En tanto no estén actualizadas y revisadas todas las inscripciones para adaptarlas a los requerimientos del presente decreto, y con el objeto de no retrasar más las adjudicaciones que estén pendientes, la oferta de cada promoción se realizará entre todos/as los/las inscritos/as en la localidad donde se sitúen las viviendas. Por resolución del director general del IGVS se determinará en qué momento deben acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios, que podrá ser bien con carácter previo al sorteo para todos/as los/las interesados/as o bien con posterioridad al sorteo únicamente para los/las adjudicatarios/as.

