Dt 32 Ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas -IRPF-
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D.T. 32ª. Límites para la aplicación del método de estimación objetiva en los ejercicios 2016 a 2024.

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(Modificación con efectos desde el 01/01/2024)

Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, las magnitudes de 150.000 y 75.000 euros a que se refiere el apartado a’) de la letra b) de la norma 3.ª del apartado 1 del artículo 31 de esta ley, quedan fijadas en 250.000 y 125.000 euros, respectivamente.

Asimismo, para dichos ejercicios, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere la letra c) de la norma 3.ª del apartado 1 del artículo 31 de esta ley, queda fijada en 250.000 euros.

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