Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social. - Boletín Oficial del Estado de 24-12-2025
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Ambito: BOE
Estado: DEROGADO. Desde 25 de Diciembre de 2025
F. entrada en vigor: 25/12/2025
Órgano emisor: Jefatura del Estado
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 309
F. Publicación: 24/12/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preambulo
CAPÍTULO I. Medidas en materia de vivienda
Artículo 1. Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Artículo 2. Modificación del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
Artículo 3. Aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Artículo 4. Modificación del Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
CAPÍTULO II. Medidas en materia energética
Artículo 5. Descuentos en el año 2026 a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos.
Artículo 6. Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.
CAPÍTULO III. Medidas sobre pensiones y otras prestaciones públicas
Artículo 7. Límite de la cuantía inicial de las pensiones públicas.
Artículo 8. Revalorización de las pensiones y de otras prestaciones públicas.
Artículo 9. Actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización y de otros aspectos en materia de cotización en el sistema de la Seguridad Social.
CAPÍTULO IV. Medidas en materia de empleo
Artículo 10. Prórroga de la vigencia del Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.
Artículo 11. Medidas laborales vinculadas con el disfrute de ayudas públicas.
CAPÍTULO V. Medidas de carácter tributario
Artículo 12. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Artículo 13. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.
Artículo 14. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Artículo 15. Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, para el año 2026.
Artículo 16. Exención por daños personales en incendios forestales.
Artículo 17. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Artículo 18. Coeficientes para la determinación del incremento del valor del terreno, según el periodo de generación, en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Artículo 19. Extensión de la línea de ayudas directas del artículo 11 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Artículo 20. Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades de determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana.
CAPÍTULO VI. Medidas de financiación territorial
SECCIÓN 1.ª Comunidades autónomas
Artículo 21. Entregas a cuenta de comunidades autónomas en 2026 en situación de prórroga presupuestaria.
Artículo 22. Régimen de endeudamiento autonómico.
SECCIÓN 2.ª Entidades locales
Artículo 23. Entregas a cuenta de entidades locales en situación de prórroga presupuestaria.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Vigencia de los títulos IV y VIII de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
D.A. 2ª. Plazos de cancelación de préstamos otorgados a la Seguridad Social.
D.A. 3ª. Cotización adicional para los bomberos forestales y los agentes forestales y medioambientales.
D.A. 4ª. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas.
D.A. 5ª. No exigibilidad de devolución de ingresos indebidos por las cuotas nacionales de telefonía móvil devueltas o que se devuelvan por el Estado a las compañías de telefonía móvil.
D.A. 6ª. Valor de la tasa de retribución financiera para la actividad de producción en los sistemas eléctricos no peninsulares con régimen retributivo adicional para el tercer periodo regulatorio 2026-2031.
D.A. 7ª. Plazo para la aprobación de la orden por la que se revisan los parámetros retributivos de las instalaciones de producción de energía eléctrica en los sistemas eléctricos no peninsulares con régimen retributivo adicional de aplicación al tercer periodo regulatorio.
D.A. 8ª. Análisis de los sobrecostes de generación y las condiciones de suministro eléctrico en los territorios no peninsulares.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas derogadas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
D.F. 2ª. Salvaguardia de rango de disposiciones reglamentarias.
D.F. 3ª. Títulos competenciales.
D.F. 4ª. Facultades de desarrollo.
D.F. 5ª. Entrada en vigor.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
