Dt 4 Ejercicio de determinadas actividades de las Entidades de Previsión Social Voluntaria
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.
Vigente
La puesta a disposición de información por medios telemáticos a que se refiere la l#a4|letra a) del apartado 3 del artículo 4 del presente Decreto}, deberá realizarse en el plazo máximo de veinticuatro meses desde su entrada en vigor.

