Dt 4 Régimen jurídico de las viviendas de protección pública de la Comunitat Valenciana
D.T. 4ª. Sobre el módulo dinámico para la fijación del precio máximo de venta
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Hasta la determinación de los valores estándar y ajustado a través de la correspondiente orden de la Conselleria competente en materia de vivienda, será de aplicación un único valor estándar para todas las viviendas de protección pública con independencia de su clasificación o titularidad y en todos los municipios de la Comunitat Valenciana.
Para el cálculo del valor estándar de vivienda protegida se utiliza el módulo básico de la edificación (MBE) publicado por el Instituto Valenciano de la Edificación (IVE) actualizado mediante la «Fórmula 811. Obras de edificación general contenida en el Real decreto 1359/2011 de 7 de octubre por el que se aprueba la relación de materiales básicos y las fórmulas tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras y de contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las administraciones públicas» ajustada con la inclusión de la evolución del precio de la mano de obra publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y referida al mismo periodo.
En el momento de entrada en vigor del presente decreto, el valor estándar de vivienda protegida se fija en 2.400 €/m² de superficie útil.
La primera orden de la conselleria competente en materia de vivienda en la que se determinen los valores estándar y ajustado, así como el coeficiente «C» correspondiente para su cálculo, al menos contendrá un valor ajustado para las viviendas protegidas ubicadas en aquellos municipios en los que se observe que el precio medio de venta de vivienda libre tipo de nueva construcción difiera, por exceso o por defecto, al menos en un 20% el valor estándar de vivienda protegida, con base enl informe elaborado por la Cátedra Observatorio de la Vivienda de la a Universidad Politécnica de Valencia (UPV).
Este valor ajustado se obtendrá como resultado de aplicar un coeficiente «C», que podrá ser positivo o negativo, sobre el valor del módulo estándar en vigor, de manera que se corresponda con la siguiente expresión:
Valor Ajustado = Valor estándar x C, expresado en €/m² de superficie útil.
