Dt 5 D. 27/2023, de 10 de marzo, C.Valenciana, Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
- Norma derogada desde el 9 de septiembre de 2026. No obstante, según dispone la D.T. 7.ª del Decreto 129/2026, de 3 de septiembre, mantendrán provisionalmente su vigencia las materias reguladas en este decreto que requieran desarrollo mediante órdenes de las consellerias competentes por razón de la materia, hasta la entrada en vigor de las mismas. - DECRETO 129/2026, de 3 de septiembre, del Consell, por el que se regulan la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales de la Comunitat Valenciana, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
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»D.T. 5ª. Autorización de centros públicos de atención primaria básica
Derogado
Los centros de servicios sociales de atención primaria básica en funcionamiento y sin la autorización pertinente, dispondrán de un periodo de 5 años, desde la entrada en vigor del presente decreto, para solicitar dicha autorización, en función de la normativa vigente en el momento de su construcción.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 5ª) por CORRECCIÓN de errores del Decreto 27/2023, de 10 de marzo, del Consell, por el que se regulan la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
(GV de 14-07-2023) en vigor desde 23-03-2023

