Dt 6 Condiciones higiénic...s piscinas

D.T. 6ª.

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Conceder, mediante condiciones excepcionales, una ampliación de plazo de presentación de la documentación en relación a proyectos de reforma de determinadas instalaciones de piscina, al objeto de cumplir los requisitos de este decreto foral, hasta el día 31 de mayo de 2025.

Aplicar únicamente esta concesión de plazo a aquellas instalaciones que cumplan lo siguiente:

Que no sean de tipo 3B según este decreto foral.

Que a la fecha de 1 de enero de 2025 no hayan acometido las reformas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en este decreto foral.

Que hayan declarado previamente sus deficiencias mediante las declaraciones responsables y certificados exigidos por la norma de aplicación al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Presentar para su concesión ante el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y hasta el día 31 de mayo de 2025, la documentación siguiente:

Memoria valorada, firmada por técnico competente, de las reformas necesarias a realizar en las instalaciones para cumplir los requisitos de este decreto foral.

Plazo previsto de ejecución de las obras de reforma que no excederá del 1 de enero de 2026, para las piscinas cubiertas y antes del inicio de la temporada de verano 2026 para las descubiertas, para poder abrir la instalación.

Declaración responsable firmada por las personas titulares de las instalaciones, en las que se comprometen a la realización de las obras en el plazo indicado adjudicando el presupuesto necesario.

Plan de viabilidad financiera previsto.