Dt 6 Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
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»D.T. 6ª. Prestación del servicio de vigilancia de la salud.
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A los efectos previstos en el Decreto 304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, y con la finalidad de prestar el servicio de vigilancia de la salud del personal procedente de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, se autoriza a la Agencia para seguir prestando el servicio de manera externalizada por un plazo no superior a tres años desde la entrada en vigor de los Estatutos.
