Dt 9 Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfe... la Seguridad Social
Dt 9 Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 9ª. Cierre contable del ejercicio 1995.
Vigente
Lo establecido en el artículo 65 del presente Reglamento, respecto a dotación y cuantía de la provisión y reservas de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, será de aplicación al cierre contable correspondiente al ejercicio 1995.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-12-1995 en vigor desde 01-01-1996