Dt 9 TR. Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 9ª. La conservación de urbanizaciones.
Vigente
Las obras y los servicios de urbanización cuya conservación se encuentre encomendada, a la entrada en vigor de esta Ley, a entidades urbanísticas con tal finalidad u objeto continuarán siendo conservadas con arreglo al mismo régimen, sin que les sea de aplicación lo dispuesto en el número 1 del artículo 135.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-05-2010 en vigor desde 10-06-2010