Dt nico Ordenación de las viviendas de precio tasado, correspondientes a las reservas estratégicas de suelo
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»D.T. Única. Contratos vigentes
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1. En el caso de contratos suscritos antes de la entrada en vigor de este decreto que no incluyan las cláusulas obligatorias establecidas en el artículo 7, se añadirá una adenda donde aparecerán dichas cláusulas.
2. En el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este decreto, se presentará la adenda junto con el contrato ante la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, a los efectos del visado previo previsto en el artículo 8 de este decreto.
