Dt �nico Protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas en Galicia
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»D.T. Única. Régimen transitorio de los procedimientos sancionadores
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1. Los procedimientos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley se regirán por la normativa vigente en el momento de su iniciación.
2. Los actos y resoluciones pendientes de ejecución que hubiesen sido dictados en el marco de procedimientos sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley pendientes de ejecución a su entrada en vigor se regirán por la normativa vigente en el momento en que se dictaron.
