Dt �nico Reglamento que... en Aragón

Dt �nico Reglamento que regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón

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D.T. Única. Régimen transitorio de los procedimientos.

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1. Los procedimientos para formalización de acuerdos de acción concertada iniciados antes de la entrada en vigor de este Reglamento se regirán por las disposiciones contenidas en el presente. A estos efectos, se entenderá que el procedimiento ha sido iniciado si se hubiera publicado la correspondiente convocatoria.

2. Los acuerdos de acción concertada formalizados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento se regirán por las disposiciones contenidas en el propio acuerdo de acción concertada, en la Ley 11/2016, de 15 de diciembre, y, en caso de lagunas, por lo establecido en la presente disposición normativa.