Dt �nico Relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo
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»D.T. UNICA. Daños físicos o psíquicos por acciones terroristas anteriores a la presente Ley.
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Cuando se trate de daños físicos o psíquicos, lo dispuesto en esta Ley se aplicará a los actos causantes de los mismos que hayan acaecido desde el 1 de enero de 1968, en cuyo caso el plazo de presentación de la solicitud a que se refiere la disposición adicional cuarta se contará a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley.
