D.T. Única. Tasas en materia de enseñanza universitaria.
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El capítulo III del título XIV de esta ley, regulador de las tasas en materia de enseñanza universitaria, mantendrá su vigencia en tanto no entre en vigor, una vez puesto en conocimiento del Consell Valencià de Universitats i de Formació Superior, un decreto del Consell que regule todos los aspectos sustantivos y formales necesarios para la exigencia de los precios públicos que, en su sustitución, resulten exigibles.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. Única (se añade)) por LEY 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. [2023/13136]
(GV de 30-12-2023) en vigor desde 01-01-2024
