Exposicion �nico motivos Órganos rectores de determinadas fundaciones
- Norma suspendida de vigencia y aplicación desde el 13 de junio de 2014 por providencia del Tribunal Constitucional de 10 de junio de 2014 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 3442/2014. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 3552-2014, contra la Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los organos rectores de determinadas fundaciones.
- Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación de esta Ley por Auto de 4 de noviembre de 2014. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 3552-2014, contra la Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los organos rectores de determinadas fundaciones.
- Se declara que esta Ley NO ES CONTRARIA al orden constitucional de distribución de competencias siempre que se interprete en los términos señalados en los fundamentos jurídicos 5 y 6, por Sentencia del Tribunal Constitucional 14/2015, de 5 de febrero. - Pleno. Sentencia 14/2015, de 5 de febrero de 2015. Recurso de inconstitucionalidad 3552-2014. Interpuesto por el Presidente del Gobierno respecto de la Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los organos rectores de determinadas fundaciones. Competencias sobre fundaciones, legislacion mercantil, ordenacion del credito y la banca y general de la economia: interpretacion conforme del ambito de aplicacion de la ley foral, que no regula las fundaciones bancarias sino las ordinarias que resulten de la transformacion de cajas de ahorro de Navarra y sean de competencia de la Comunidad Foral.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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Tras la aprobación de la Ley Foral 21/2019, de 4 de abril, por la que se procede a la modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Fuero Nuevo), se ha producido un cambio sustancial en el régimen jurídico de las fundaciones, que ha motivado la aprobación de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra, que ha adaptado la normativa existente al Fuero Nuevo y que contiene la regulación sustantiva aplicable a todas las fundaciones constituidas al amparo de la Ley 42 del Fuero Nuevo.
A pesar de contar con una nueva regulación, la Ley Foral 2/2014, mantiene su vigencia dadas las especiales características que reúnen las fundaciones provenientes de la transformación de las cajas de ahorro.
En el caso de Navarra, Fundación Caja Navarra es heredera de la Caja de Ahorros de Navarra, que desapareció como entidad de crédito con identidad propia, al traspasar su negocio financiero al banco Banca Cívica, luego absorbido por Caixabank, y transformada, en aplicación de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de Reestructuración y Resolución de las Entidades de Crédito, en fundación bancaria llamada a gestionar lo que antes constituía el núcleo de la obra benéfica y social de Caja Navarra.
Con fecha 26 de marzo de 2021 y como consecuencia de la inscripción en el Registro Mercantil de Valencia de la fusión por absorción de Bankia S.A. por Caixabank S.A., Fundación Caja Navarra ha dejado de cumplir con los requisitos que la normativa de Cajas de Ahorro y Fundaciones Bancarias exige para ser una fundación bancaria, por lo que debe ser transformada en una fundación ordinaria.
Atendiendo a su origen y a la peculiar característica de Fundación Caja Navarra, se justifica que estas fundaciones deban someterse a un régimen normativo distinto, con una mayor participación y control público y sometido a las reglas de transparencia.
- Artículo modificado (Exposición de motivos) por LEY FORAL 1/2022, de 26 de enero, de modificación de la Ley Foral 2/2014, de 17 de febrero, por la que se regulan los órganos rectores de determinadas fundaciones.
en vigor desde 01-02-2022
