Fundamentos �nico derecho se adoptan medidas preventivas de trasmisión de enfermedades en los festejos taurinos tradicionales que se celebren en la Comunidad Autónoma de Aragón
Fundamentos de derecho.
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Primero.- Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal.
Segundo.- Visto lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
Tercero.- El órgano competente para resolver el procedimiento en esta materia es el Consejero del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en virtud de los establecido en el Decreto 105/2024, de 13 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con el Decreto 32/224, de 28 de febrero, del Gobierno de Aragón, que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, de las funciones de la coordinación, supervisión y, en su caso, ejecución de los planes de prevención, control vigilancia y erradicación de las zoonosis, tanto de las incluidas en los planes nacionales de control de enfermedades como de otras de importancia para la sanidad animal o la salud pública, policía sanitaria, y alertas sanitarias,
