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Hechos �nico Horario laboral para facilitar el ejercicio del derecho al voto de los trabajadores

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1. Mediante el Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo, se han disuelto el Congreso de los Diputados y el Senado y se han convocado elecciones en ambas cámaras, que tendrán lugar el día 23 de julio de 2023.

2. El día 10 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante el cual la Consejería de Empresa, Empleo y Energía asume las competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo.

3. De acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por medio de la Consejería de Empresa, Comercio y Energía, adoptar las medidas para facilitar a los electores de las Illes Balears que sean trabajadores por cuenta ajena y trabajen el día de las elecciones, el ejercicio del derecho a voto.

Por todo esto, con el informe favorable de la Delegación de Gobierno en las Illes Balears, dicto la siguiente