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Hechos único Horario laboral para facilitar el ejercicio del derecho al voto de los trabajadores

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1. Con la voluntad de que las elecciones al Parlamento de las Illes Balears coincidan con las elecciones a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Eivissa, y con las elecciones locales, la presidenta de las Illes Balears hace uso de la facultad de disolución anticipada del Parlamento que le otorga el artículo 55 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. La disolución debe acordarse por decreto, en el que deben convocarse a su vez elecciones, indicando los requisitos exigidos en la legislación electoral aplicable.

2. El 4 de abril de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto 2/2023, de 3 de abril, de la presidenta de las Illes Balears, de disolución del Parlamento de las Illes Balears y de convocatoria de elecciones, de acuerdo con el artículo 55 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, y de conformidad con lo que prevén el artículo 9.1. de la Ley 1/2019, b) de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, el artículo 11.1 de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, electoral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 42.1 de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión del día 3 de abril de 2023.

Asimismo, en el citado Decreto 2/2023, de 3 de abril, de la presidenta de las Illes Balears convoca las elecciones al Parlamento de las Illes Balears, que tendrán lugar el día 28 de mayo de 2023.

3. El 4 de abril de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto 3/2023, de 3 de abril, de la presidenta de las Illes Balears, de convocatoria de elecciones en los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Eivissa, que tendrán lugar el día 28 de mayo de 2023.

4. El 4 de abril de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 207/2023, de 3 de abril, por el que se convocan elecciones y en las Asambleas de Ceuta y Melilla, para el 28 de mayo de 2023.

5. El 15 de febrero de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante el cual la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo asume las competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo.

6. De acuerdo con el artículo 13 del Real decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por medio de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, adoptar las medidas para facilitar a los electores de las Illes Balears que sean trabajadores por cuenta ajena y trabajen el día de las elecciones, el ejercicio del derecho a voto.

Por todo ello, habiendo emitido informe favorable la Delegación del Gobierno en las Illes Balears, dicto la siguiente