Legislación

Instrumento de Ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra el tráfico de órganos humanos, hecho en Santiago de Compostela el 25 de marzo de 2015. - Boletín Oficial del Estado de 17-02-2021

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Abril de 2021

F. entrada en vigor: 01/04/2021

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 41

F. Publicación: 17/02/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CONVENIO DEL CONSEJO DE EUROPA SOBRE LA LUCHA CONTRA EL TRÁFICO DE ÓRGANOS HUMANOS
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Fines, ámbito de aplicación y uso de los términos
Artículo 1. Fines. Artículo 2. Ámbito de aplicación y uso de los términos. Artículo 3. Principio de no discriminación.
CAPÍTULO II. Derecho Penal sustantivo
Artículo 4. Extracción ilícita de órganos humanos. Artículo 5. Uso de órganos ilícitamente extraídos para fines de implantación u otros distintos. Artículo 6. Implantación de órganos fuera del sistema nacional de trasplantes o con vulneración de los principios esenciales de la legislación nacional sobre trasplantes. Artículo 7. Propuesta, captación, ofrecimiento y solicitud ilícitos de ventajas indebidas. Artículo 8. Preparación, preservación, almacenamiento, transporte, traslado, recepción, importación y exportación de órganos humanos ilícitamente extraídos. Artículo 9. Complicidad y tentativa. Artículo 10. Competencia. Artículo 11. Responsabilidad de las personas jurídicas. Artículo 12. Sanciones y medidas. Artículo 13. Circunstancias agravantes. Artículo 14. Condenas previas.
CAPÍTULO III. Derecho procesal penal
Artículo 15. Iniciación y continuación de las actuaciones. Artículo 16. Investigaciones penales. Artículo 17. Cooperación internacional.
CAPÍTULO IV. Medidas de protección
Artículo 18. Protección de las víctimas. Artículo 19. Legitimación de las víctimas en los procesos penales. Artículo 20. Protección de testigos.
CAPÍTULO V. Medidas preventivas
Artículo 21. Medidas en el ámbito interno. Artículo 22. Medidas en el ámbito internacional.
CAPÍTULO VI. Mecanismo de seguimiento
Artículo 23. Comité de las Partes. Artículo 24. Otros representantes. Artículo 25. Funciones del Comité de las Partes.
CAPÍTULO VII. Relación con otros instrumentos internacionales
Artículo 26. Relación con otros instrumentos internacionales.
CAPÍTULO VIII. Enmiendas al Convenio
Artículo 27. Enmiendas.
CAPÍTULO IX. Disposiciones finales
Artículo 28. Firma y entrada en vigor. Artículo 29. Aplicación territorial. Artículo 30. Reservas. Artículo 31. Solución de controversias. Artículo 32. Denuncia. Artículo 33. Notificación.