Legislación
Legislación

LEY 1/2012, de 20 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2012. - Boletín Oficial de Aragón de 22-02-2012

Tiempo de lectura: 15 min

Tiempo de lectura: 15 min

Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Febrero de 2012

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 36

F. Publicación: 22/02/2012

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO PRIMERO. DE LA APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS
Artículo 1. -Aprobación y contenido. Artículo 2. -Beneficios fiscales. Artículo 3.-Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
TÍTULO SEGUNDO. DE LOS CRÉDITOS Y SUS MODIFICACIONES
Artículo 4.-Vinculación de los créditos. Artículo 5. -Imputación de gastos. Artículo 6. -Créditos ampliables. Artículo 7. -Transferencias de crédito. Artículo 8.-Incorporación de remanentes de crédito. Artículo 9.-Habilitación de aplicaciones presupuestarias. Artículo 10. -Garantía presupuestaria de los recursos afectados. Artículo 11.-Ajustes en los estados de gastos e ingresos del presupuesto. Artículo 12.-Normas generales relativas a los expedientes de modificación de créditos.
TÍTULO TERCERO. DE LA GESTIÓN DEL PRESUPUESTO
Artículo 13.-Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan compromisos financieros. Artículo 14.-Gestión de los créditos finalistas y cofinanciados. Artículo 15.-Autorización para adquirir compromisos de ejercicios futuros. Artículo 16.-Transferencias a organismos públicos.
TÍTULO CUARTO. DE LOS CRÉDITOS DE PERSONAL
CAPÍTULO I REGÍMENES RETRIBUTIVOS
Artículo 17.-Normas básicas en materia de gastos de personal. Artículo 18. -Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los directores generales y asimilados, del personal eventual y de otro personal directivo. Artículo 19. -Conceptos retributivos, devengo y cuantías aplicables a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la disposición final cua... Artículo 20. -Personal docente no universitario. Artículo 21.-Complemento de productividad y gratificaciones. Artículo 22.-Complemento personal transitorio. Artículo 23.-Retribuciones del personal laboral. Artículo 24.-Retribuciones de los funcionarios interinos. Artículo 25.-Retribuciones del personal estatutario. Artículo 26. -Retribuciones complementarias del personal al servicio de la Administración de Justicia. Artículo 27.-Retribuciones del personal de las empresas de la Comunidad Autónoma.
CAPÍTULO II OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE RÉGIMEN DE PERSONAL ACTIVO
Artículo 28. -Anticipos de retribuciones. Artículo 29.-Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 30.-Provisión de puestos reservados a representantes sindicales. Artículo 31.-Normas generales sobre ordenación y provisión de puestos de trabajo.
TÍTULO QUINTO. DE LAS TRANSFERENCIAS A ENTIDADES LOCALES Y DE LAS ACTUACIONES DE POLÍTICA TERRITORIAL
Artículo 32.-Normas de gestión del Fondo Local de Aragón. Artículo 33.-Programas de apoyo a la Administración Local y de Política Territorial.
TÍTULO SEXTO. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
Artículo 34.-Alcance y contenido de las operaciones de endeudamiento. Artículo 35.-Operaciones financieras de organismos públicos, empresas y demás entes pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 36. -Otorgamiento de avales y garantías. Artículo 37.-Límite para los contratos de reafianzamiento y aval con las sociedades de garantía recíproca. Artículo 38. -Incentivos regionales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón. D.A. 2ª.-Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones. D.A. 3ª.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para la concesión de subvenciones. D.A. 4ª.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para contratar con las Administraciones públicas. D.A. 5ª.-Subsidiación de intereses. D.A. 6ª.-Información sobre gestión presupuestaria a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón. D.A. 7ª.-Información fiscal a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón D.A. 8ª.-Fondo de Acción Social en favor del personal. D.A. 9ª.-Gestión de los créditos de la Sección 30. D.A. 10ª.-Anticipos de subvenciones en materia de servicios sociales y sanitarios. D.A. 11ª.-Ingreso Aragonés de Inserción. D.A. 12ª.--Ayuda a los países más desfavorecidos. D.A. 13ª.-Rendición y contenido de cuentas. D.A. 14ª.-Compensación por iniciativas legislativas populares. D.A. 15ª.-Transferencias corrientes a las entidades locales aragonesas para la gestión de los servicios sociales. D.A. 16ª.-Ayudas para la prestación de servicios ferroviarios regionales acogidos al Convenio Gobierno de Aragón-Renfe. D.A. 17ª.-Política demográfica. D.A. 18ª.-Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales». D.A. 19ª.-Programas finalistas de servicios sociales. D.A. 20ª.-Tarifa del canon de saneamiento. D.A. 21ª.-Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia. D.A. 22ª.-Retribuciones del personal sanitario al que se aplica el sistema de cupo y zona. D.A. 23ª.-Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón. D.A. 24ª.-Personal no directivo al servicio de las Empresas Públicas de la Comunidad Autónoma. D.A. 25ª.-Enseñanza concertada. D.A. 26ª.-Justificación de costes indirectos por parte de la Universidad de Zaragoza. D.A. 27ª.-Adaptación de los programas de gratuidad en la compra de libros de texto y material escolar complementario. D.A. 28ª.-Reservas sociales de contratos para el año 2012.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-Indemnizaciones por razón de servicio. D.T. 2ª.-Dotación presupuestaria del Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores. D.T. 3ª.-Subvenciones a cámaras agrarias de Aragón. D.T. 4ª.-Financiación suplementaria de las comarcas D.T. 5ª.-Financiación suplementaria de la Universidad de Zaragoza D.T. 6ª.-Financiación suplementaria de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.