LEY 16/2018, de 28 de junio, de la Generalitat, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de atención al final de la vida. [2018/6394] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 29-06-2018
Índice
Texto
Ambito: Comunidad Valenciana
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Septiembre de 2018
F. entrada en vigor: 29/09/2018
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 8328
F. Publicación: 29/06/2018
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Fines
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Artículo 4. Principios básicos
Artículo 5. Definiciones
TÍTULO II. Derechos de las personas en el proceso del final de su vida
Artículo 6. Derecho a la protección de la dignidad de las personas en el proceso final de la vida
Artículo 7. Derecho a la información clínica en el proceso final de la vida
Artículo 8. Derecho a la intimidad
Artículo 9. Derecho a la toma de decisiones y al consentimiento informado
Artículo 10. Derecho al rechazo y a la retirada de una intervención
Artículo 11. Derecho a realizar la declaración de voluntades anticipadas o instrucciones previas
Artículo 12. Derecho a realizar la planificación anticipada de decisiones (PAD)
Artículo 13. Derecho a recibir cuidados paliativos integrales y a elegir el lugar donde recibirlos
Artículo 14. Derecho al alivio del dolor y del sufrimiento
Artículo 15. Derecho al acompañamiento
Artículo 16. Derecho de las personas en situación de incapacidad a recibir información para tomar decisiones y a dar su consentimiento
Artículo 17. Derechos de las personas menores de edad en el final de la vida
TÍTULO III. Deberes del personal sanitario en la atención a la persona con relación al proceso del final de su vida
Artículo 18. Deberes respecto a la información clínica
Artículo 19. Deber de confidencialidad
Artículo 20. Deberes respecto a las voluntades anticipadas o a la planificación anticipada de decisiones
Artículo 21. Deberes respecto a la toma de decisiones clínicas
Artículo 22. Deberes respecto a la aplicación de tratamientos de soporte vital en el proceso final de la vida
Artículo 23. Deberes respecto a quienes pueden hallarse en situación de incapacidad de facto
Artículo 24. Deberes en relación con el respeto de los valores, creencias y preferencias de las personas
Artículo 25. Deberes respecto a la formación
TÍTULO IV. Garantías que proporcionarán las instituciones sanitarias y sociales
Artículo 26. Garantías para el efectivo respeto de los derechos de las personas al final de la vida
Artículo 27. Acompañamiento de las personas al final de la vida
Artículo 28. Atención integral en cuidados paliativos
Artículo 29. Información y asesoramiento en decisiones anticipadas
Artículo 30. Estancia en habitación de uso individual en situación de últimos días
Artículo 31. Comités de bioética asistencial
Artículo 32. Formación en cuidados al final de la vida
TÍTULO V. Procedimiento sancionador
Artículo 33. Disposiciones generales
Artículo 34. Infracciones leves
Artículo 35. Infracciones graves
Artículo 36. Infracciones muy graves
Artículo 37. Sanciones
Artículo 38. Competencia
TÍTULO VI. Evaluación del cumplimiento de la ley
Artículo 39. Difusión de la ley
Artículo 40. Coordinación para la educación sanitaria de la ciudadanía sobre el proceso al final de la vida
Artículo 41. Equidad en los cuidados al final de la vida
Artículo 42. Investigación en atención paliativa y al final de la vida
Artículo 43. Observatorio Valenciano de la Muerte Digna
TÍTULO VII. Registro y formalización del documento de voluntades anticipadas
Artículo 44. Formalización del documento de voluntades anticipadas
Artículo 45. Inscripción del documento de voluntades anticipadas
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª
D.A. 2ª
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Consulta al Registro de Voluntades Anticipadas
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario y cumplimiento de los objetivos
D.F. 2ª. Entrada en vigor