Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. - Boletín Oficial del Estado de 08-06-1991
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023
F. entrada en vigor: 01/01/1993
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 137
F. Publicación: 08/06/1991
LIBRO PRELIMINAR. Finalidad de la Ley
Artículo 1.º Finalidad de la Ley.
LIBRO PRIMERO. Impuesto General Indirecto Canario
TÍTULO PRELIMINAR. Naturaleza y ámbito de aplicación
Artículo 2.º Naturaleza del Impuesto.
Artículo 3.º Ambito espacial.
TÍTULO PRIMERO. Tributación de las operaciones sujetas
CAPÍTULO PRIMERO. Delimitación del hecho imponible
Artículo 4.º Hecho imponible.
Artículo 5.º Concepto de actividades empresariales o profesionales.
Artículo 6.º Concepto de entrega de bienes.
Artículo 7.º Concepto de prestación de servicios.
Artículo 8.º Concepto de importación de bienes.
Artículo 9.º Supuestos de no sujeción.
CAPÍTULO II. Exenciones
Artículo 10. Exenciones en operaciones interiores.
Artículo 11. Exenciones relativas a las exportaciones.
Artículo 12. Exenciones en operaciones asimiladas a las exportaciones.
Artículo 13. Exenciones relativas a los regímenes aduaneros y depósitos.
Artículo 14. Exenciones en importaciones definitivas de bienes.
Artículo 15. Exenciones en regímenes especiales de importación.
CAPÍTULO III. Lugar de realización del hecho imponible por el concepto de entregas de bienes y prestaciones de servicios en las relaciones internacionales y con la Península, Islas Baleares, Ceuta y Melilla
Artículo 16. Lugar de realización de las entregas de bienes.
Artículo 17. Lugar de realización de las prestaciones de servicios.
CAPÍTULO IV. Devengo del Impuesto
Artículo 18. Devengo del Impuesto.
CAPÍTULO V. El sujeto pasivo
Artículo 19. Sujetos pasivos en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios.
Artículo 20. Repercusión del Impuesto y rectificación de las cuotas repercutidas.
Artículo 21. Sujetos pasivos en las importaciones de bienes.
Artículo 21 bis. Responsables del impuesto.
CAPÍTULO VI. Base imponible
Artículo 22. Base imponible en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios: Regla general.
Artículo 23. Base imponible en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios: Reglas especiales.
Artículo 24. Regímenes de determinación de la base imponible en las entregas de bienes y en las prestaciones de servicios.
Artículo 25. Base imponible en las importaciones: Regla general.
Artículo 26. Base imponible en las importaciones: Reglas especiales.
CAPÍTULO VII. El tipo impositivo
Artículo 27. Tipos impositivos.
TÍTULO II. Deducciones y devoluciones
CAPÍTULO PRIMERO. Deducciones
Artículo 28. Naturaleza y ámbito de aplicación.
Artículo 29. Cuotas tributarias deducibles.
Artículo 30. Exclusiones y restricciones del derecho a deducir.
Artículo 31. Requisitos formales de la deducción.
Artículo 32. Nacimiento del derecho a deducir.
Artículo 33. Ejercicio del derecho a la deducción.
Artículo 33 bis. Caducidad del derecho a la deducción.
Artículo 34. Régimen de deducciones en actividades diferenciadas.
Artículo 35. Regla de prorrata.
Artículo 36. Clases de prorrata y criterios de aplicación.
Artículo 37. La prorrata general.
Artículo 38. Procedimiento de la prorrata general.
Artículo 39. La prorrata especial.
Artículo 40. Deducciones por bienes de inversión y regularización de las mismas.
Artículo 41. Procedimiento para practicar la regularización de deducciones por bienes de inversión.
Artículo 42. Transmisión de bienes de inversión durante el período de regularización.
Artículo 43. Deducciones de las cuotas soportadas o satisfechas con anterioridad al inicio de la realización de entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a actividades empresariales o profesionales.
Artículo 43 bis. Regularización de las cuotas correspondientes a bienes de inversión soportadas con anterioridad al inicio de la realización de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a actividades empresariales o profesionales.
Artículo 44. Rectificación de deducciones.
CAPÍTULO II. Devoluciones
Artículo 45. Supuestos generales de devolución.
Artículo 46. Solicitud de devoluciones al fin de cada período de liquidación.
Artículo 47. Garantías de las devoluciones.
Artículo 48. Devoluciones a personas no establecidas en las Islas Canarias.
Artículo 48 bis. Devolución en las cuotas abonadas por los adquirentes en las importaciones de bienes en el supuesto de ejercicio del derecho de desistimiento previsto en la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
TÍTULO III .Regímenes especiales
TÍTULO IV. Obligaciones de los sujetos pasivos
Artículo 59. Obligaciones de los sujetos pasivos.
Artículo 60. Documentos contables.
TÍTULO V. Gestión del Impuesto
Artículo 61. Liquidación del Impuesto.
Artículo 62. Competencia en la administración del Impuesto.
TÍTULO VI. Infracciones y sanciones
Artículo 63. Infracciones y sanciones.
TÍTULO VII. Atribución del rendimiento del Impuesto
Artículo 64. Atribución del rendimiento del Impuesto.
LIBRO II. Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias
TÍTULO PRELIMINAR. Naturaleza y ámbito espacial
Artículo 65. Naturaleza.
Artículo 66. Ambito espacial.
TÍTULO PRIMERO. Tributación de las operaciones sujetas
CAPÍTULO PRIMERO. Delimitación y localización del hecho imponible
Artículo 67. Hecho imponible.
Artículo 68. Supuestos de no sujeción.
Artículo 69. Localización del hecho imponible por el concepto de entregas de bienes.
CAPÍTULO II. Exenciones
Artículo 70. Exenciones en operaciones interiores.
Artículo 71. Exenciones relativas a las exportaciones y a las operaciones asimiladas a las mismas.
Artículo 72. Exenciones relativas a zonas y depósitos francos, depósitos y regímenes especiales de importación.
Artículo 73. Exenciones en importaciones de bienes.
Artículo 74. Regímenes especiales de importación.
CAPÍTULO III. Devengo
Artículo 75. Devengo del Arbitrio.
CAPÍTULO IV. Sujeto pasivo
Artículo 76. Sujetos pasivos.
Artículo 77. Responsables del Arbitrio.
Artículo 78. Repercusión del Arbitrio y rectificación de las cuotas repercutidas.
CAPÍTULO V. Base imponible
Artículo 79. Base imponible en las entregas de bienes: regla general.
Artículo 80. Base imponible en las entregas de bienes: reglas especiales.
Artículo 81. Base liquidable en las entregas de bienes.
Artículo 82. Base imponible en las importaciones.
CAPÍTULO VI. Tipo impositivo
Artículo 83. Tipos impositivos.
TÍTULO II. Deducciones y devoluciones
Artículo 84. Devolución de cuotas repercutidas en operaciones exentas.
Artículo 85. Devolución de cuotas soportadas.
Artículo 86. Garantías de las devoluciones.
TÍTULO III.Regímenes especiales
Artículo 87. Régimen especial simplificado.
TÍTULO IV. Obligaciones de los sujetos pasivos
Artículo 88. Obligaciones de los sujetos pasivos.
TÍTULO V. Gestión del Arbitrio
Artículo 89. Liquidación del Arbitrio.
Artículo 90. Competencia en la administración del Arbitrio.
TÍTULO VI. Infracciones y sanciones
Artículo 91. Infracciones y sanciones.
TÍTULO VII. Atribución del rendimiento del Arbitrio
Artículo 92. Atribución del rendimiento del arbitrio
LIBRO III. Incentivos fiscales a la inversión
Artículo 93. Régimen transitorio del Fondo de Previsión para Inversiones.
Artículo 94. Deducción por inversiones en Canarias.
Artículo 94 bis. Deducciones de apoyo al emprendimiento y actividad económica aplicables en Canarias.
LIBRO IV. Régimen de las inversiones públicas en Canarias
Artículo 95. Compensación del hecho insular.
Artículo 96. Distribución del Programa de Inversiones Públicas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.
D.A. 2ª.
D.A. 3ª.
D.A. 4ª.
D.A. 5ª.
D.A. 6ª.
D.A. 7ª.
D.A. 8ª.
D.A. 9ª.
D.A. 10ª.
D.A. 11ª.
D.A. 12ª.
D.A. 13ª.
D.A. 14ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.
D.T. 2ª.
D.T. 3ª.
D.T. 4ª.
D.T. 5ª.
D.T. 6ª.
D.T. 7ª.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
D.DA ÚNICA
DISPOSICIÓN FINAL
D.F. Única
ANEXO I
ANEXO I BIS.
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO III bis
ANEXO IV. Tarifas del arbitrio sobre la producción e importación en las Islas Canarias
ANEXO V. Relación de bienes muebles exentos del arbitrio sobre la producción e importación en las Islas Canarias
ANEXO VI
ANEXO VII. Entregas de plata, platino, paladio, así como la entrega de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales