LEY 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 03-01-2006
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Mayo de 2018
F. entrada en vigor: 03/01/2006
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 4543
F. Publicación: 03/01/2006
PREÁMBULO
TÍTULO I. De las definiciones y de los principios generales
CAPÍTULO I. Definiciones y ámbito de aplicación
Artículo 1. Definiciones
Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo
CAPÍTULO II. Principios generales
Artículo 3. Libertad de comunicación audiovisual
Artículo 4. Libre elección
Artículo 5. Pluralismo en la comunicación audiovisual
Artículo 6. Servicio público de comunicación audiovisual
Artículo 7. Veracidad informativa
Artículo 8. Protección de los derechos fundamentales
Artículo 9. Protección de la infancia y la juventud
Artículo 10. Propiedad intelectual
Artículo 11. Derecho de rectificación
Artículo 12. Derechos de los ciudadanos ante el Consejo del Audiovisual de Cataluña
Artículo 13. Unidad del espacio audiovisual y acceso universal a la información
Artículo 14. Formación en comunicación audiovisual
Artículo 15. Libertad de recepción y principios de integración normativa
Artículo 16. Neutralidad tecnológica
TÍTULO II. Del espacio radioeléctrico
Artículo 17. Consideración audiovisual del uso del espacio radioeléctrico
Artículo 18. Planificación del espacio radioeléctrico
Artículo 19. Contenidos de los planes técnicos
Artículo 20. Gestión de los planes técnicos
Artículo 21. Principios de la planificación y la gestión
Artículo 22. Participación de la Generalidad en la planificación estatal
TÍTULO III. Del servicio público audiovisual en Cataluña
SECCIÓN PRIMERA. El servicio público audiovisual en Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 23. Definición general y alcance del servicio público de comunicación audiovisual
Artículo 24. Las misiones de servicio público
Artículo 25. Obligaciones de los prestadores públicos
CAPÍTULO II. El servicio público audiovisual de competencia de la Generalidad
Artículo 26. Las misiones del servicio público audiovisual de la Generalidad
Artículo 27. El servicio público audiovisual y el uso de las nuevas tecnologías
Artículo 28. Garantía de la presencia del servicio público de comunicación audiovisual en los distintos sistemas de distribución
Artículo 29. Principios de organización y funcionamiento de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales
Artículo 30. Instrumentos para garantizar el cumplimiento de la función de servicio público
Artículo 31. La financiación de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Generalidad
CAPÍTULO III. El servicio público audiovisual de ámbito local
Artículo 32. Definición, alcance y forma de gestión del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito local
Artículo 33. Principios de organización y funcionamiento del servicio público audiovisual de ámbito local
Artículo 34. La financiación del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito local
TÍTULO IV. De la ordenación de la prestación de servicios de comunicación audiovisual por parte de sujetos privados
SECCIÓN PRIMERA. La ordenación de la prestación de servicios de comunicación audiovisual por parte de sujetos privados
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 35. Principios básicos
Artículo 36. Obligaciones generales de los sujetos que participan en la prestación de los servicios de comunicación audiovisual
Artículo 37. La prestación privada de servicios de comunicación audiovisual
CAPÍTULO II. Garantía del pluralismo y control de las concentraciones en la comunicación audiovisual
Artículo 38. Disposiciones generales
Artículo 39. Definiciones
Artículo 40. Instrumentos de garantía del pluralismo
Artículo 41. Modificación de la estructura accionarial o empresarial de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual
Artículo 42. Medidas correctoras
Artículo 43. Operadores con posición de dominio o influencia dominante
Artículo 44. Definición de mercados relevantes y revisión de los límites y criterios de garantía del pluralismo
Artículo 45. Transparencia
CAPÍTULO III. Régimen de la licencia para prestar servicios de comunicación audiovisual mediante el uso del espectro radioeléctrico
Artículo 46. Licencia para prestar servicios de comunicación audiovisual
Artículo 47. Objeto de la licencia de un canal múltiple
Artículo 48. Finalidad de la licencia
Artículo 49. Condiciones previas de la licencia
Artículo 50. Convocatoria de los concursos
Artículo 51. Procedimiento de otorgamiento
Artículo 52. Criterios de adjudicación de la licencia
Artículo 53. Contenido de la licencia
Artículo 54. Obligaciones de los titulares de la licencia
Artículo 55. Vigencia y renovación de la licencia
Artículo 56. La intransmisibilidad de la licencia
Artículo 57. Revisión de la licencia
Artículo 58. Extinción de la licencia
Artículo 59. Ineficacia sobrevenida por incumplimiento de las condiciones de la licencia
CAPÍTULO IV. Régimen para prestar los servicios de comunicación audiovisual mediante tecnologías distintas al espectro radioeléctrico
Artículo 60. Sujeción a comunicación previa
Artículo 61. Comunicación previa
Artículo 62. Finalidad de la comunicación
Artículo 63. Procedimiento
Artículo 64. Contenido de la comunicación
CAPÍTULO V. Obligaciones de los distribuidores de los servicios de comunicación audiovisual
Artículo 65. Obligaciones de información
Artículo 66. Obligaciones de transmisión obligatoria
Artículo 67. Reserva de espacio a programadores independientes
Artículo 68. Garantías de acceso universal de los usuarios a la oferta de servicios de comunicación audiovisual
Artículo 69. Tecnologías de limitación de acceso
CAPÍTULO VI. Servicios de comunicación audiovisual sin ánimo de lucro
Artículo 70. Reserva de espacio público de comunicación
Artículo 71. Medidas de fomento
CAPÍTULO VII. Acceso a la información de la actividad audiovisual privada de interés general previa solicitud
Artículo 72. Garantías de acceso previa solicitud
Artículo 73. Denegación de solicitudes de información
Artículo 74. Gratuidad de la información
CAPÍTULO VIII. Difusión de la información sobre el sector audiovisual
Artículo 75. Responsabilidad del servicio de difusión de información
Artículo 76. Intercambio de información con otras autoridades y poderes públicos
TÍTULO V. De la regulación de los contenidos audiovisuales
Artículo 77. Instrumentos para regular los contenidos audiovisuales
Artículo 78. Corregulación de los contenidos audiovisuales
Artículo 79. Fomento de la autorregulación
Artículo 80. Principios básicos de la regulación de los contenidos audiovisuales
Artículo 81. Protección de la infancia y la juventud
Artículo 82. Comunicaciones de interés público
Artículo 83. Señalización de los contenidos audiovisuales
Artículo 84. Acceso de las personas con discapacidad a la comunicación audiovisual
Artículo 85. Acontecimientos de interés general
Artículo 86. Obligaciones con relación a la presencia de la lengua y cultura catalanas y del aranés en la comunicación audiovisual
Artículo 87. Obligaciones en materia de difusión de obras audiovisuales europeas
Artículo 88. Derechos de los usuarios de servicios de comunicación audiovisual
Artículo 89. Pluralismo e información ciudadana
TÍTULO VI. De la publicidad, la televenta y el patrocinio
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 90. Definiciones
Artículo 91. Finalidades de la regulación de la publicidad, la televenta y el patrocinio
Artículo 92. Publicidad y televenta ilícitas
Artículo 93. Publicidad y televenta prohibidas
Artículo 94. Publicidad y televenta encubiertas
CAPÍTULO II. Forma y presentación de la publicidad y la televenta
Artículo 95. Principio de separación entre el contenido editorial y el publicitario
Artículo 96. Protección de menores
Artículo 97. Difusión de publicidad y televenta en bloques y aislada
Artículo 98. Inserción entre programas e interrupciones publicitarias de la programación televisiva
CAPÍTULO III. Duración de los anuncios publicitarios y la televenta televisiva
Artículo 99. Duración por hora y día en la televisión
Artículo 100. Limitaciones a la presencia de contenidos publicitarios en el servicio público audiovisual de Cataluña
CAPÍTULO IV. Normas sobre el patrocinio televisivo
Artículo 101. Deberes y obligaciones principales de los patrocinadores
Artículo 102. Emisiones y sujetos excluidos de la actividad de patrocinio
CAPÍTULO V. El uso de las nuevas tecnologías en la actividad publicitaria y otras formas de publicidad
SECCIÓN PRIMERA. El uso de las nuevas tecnologías en la actividad publicitaria
Artículo 103. Principios generales
Artículo 104. Pantalla dividida
Artículo 105. Publicidad interactiva
Artículo 106. Patrocinio virtual
SECCIÓN SEGUNDA. Otras formas de publicidad
Artículo 107. Principios generales
Artículo 108. Reglas especiales de publicidad y patrocinio en la radio
Artículo 109. Publicidad institucional
TÍTULO VII. De las competencias públicas en el ámbito audiovisual y del Consejo del Audiovisual de Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 110. Funciones del parlamento
Artículo 111. Competencias del gobierno
Artículo 112. Competencias de los municipios
CAPÍTULO II. El Consejo del Audiovisual de Cataluña
Artículo 113. Naturaleza
Artículo 114. Composición
Artículo 115. Funciones
Artículo 116. Potestades
Artículo 117. Potestad reglamentaria
Artículo 118. Relaciones con el parlamento
Artículo 119. Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual
TÍTULO VIII. Del fomento, la promoción y la protección del sector audiovisual
CAPÍTULO I. Obligaciones de los prestadores de servicios de televisión
Artículo 120. Las políticas de impulso del sector audiovisual
Artículo 121. Obligaciones de los prestadores de servicios de televisión de contribuir al desarrollo del sector audiovisual y de la cinematografía
Artículo 122. Garantía de integridad de las obras cinematográficas
CAPÍTULO II. Fomento de la industria cinematográfica y del sector audiovisual
Artículo 123. Acciones de fomento
Artículo 124. Fomento de la cultura audiovisual
Artículo 125. Protección del patrimonio audiovisual catalán
Artículo 126. Promoción del espacio audiovisual catalán
TÍTULO IX. De la actividad de inspección y del régimen de infracciones y sanciones
CAPÍTULO I. Inspección y control de la prestación de servicios de comunicación audiovisual
Artículo 127. Competencia
Artículo 128. Actividades de inspección
CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones
Artículo 129. Potestad sancionadora
Artículo 130. Sujetos responsables
Artículo 131. Tipificación y clasificación
Artículo 132. Infracciones muy graves
Artículo 133. Infracciones graves
Artículo 134. Infracciones leves
Artículo 135. Prescripción de las infracciones
Artículo 136. Sanciones
Artículo 137. Establecimiento del grado de la sanción
Artículo 138. Prescripción de las sanciones
CAPÍTULO II. Procedimiento sancionador
Artículo 139. Disposiciones generales en materia de procedimiento para la aplicación del régimen de infracciones y sanciones
Artículo 140. Medidas de carácter provisional
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Duración del mandato de los miembros del Consejo del Audiovisual de Cataluña
D.A. 2ª. Tasas de inspección y control del Consejo del Audiovisual de Cataluña
D.A. 3ª. Causas por la pérdida de la condición de miembro del Consejo del Audiovisual de Cataluña
D.A. 4ª. Participación en la prestación del servicio público de comunicación audiovisual en Vall d Aran
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Tramitación de los concursos para la adjudicación de concesiones para la gestión del servicio público de televisión digital local que aún no hayan sido resueltos
D.T. 2ª. Licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual
D.T. 3ª. Régimen de los medios audiovisuales de la Generalidad y de los de ámbito local
D.T. 4ª. Uso de la tecnología analógica en el proceso de transición a la televisión digital
D.T. 5ª. Tramitación de los expedientes administrativos que pasen a ser de competencia del Consejo del Audiovisual de Cataluña
D.T. 6ª. Régimen concesional transitorio
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.