Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 09-05-2024
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Índice
Histórico
Relacionados
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Julio de 2025
F. entrada en vigor: 10/05/2024
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 61
F. Publicación: 09/05/2024
Documento oficial en PDF: Enlace
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Artículo 1. Objeto y finalidad
Artículo 2. Concepto y régimen jurídico de vivienda de precio limitado a los efectos de esta ley
Artículo 3. Creación del Registro autonómico de viviendas de precio limitado
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears
D.A. 2ª. Modificación del Decreto Ley 3/2020, de 28 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda
D.A. 3ª. Modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears
D.A. 4ª. Modificación de la Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears
D.A. 5ª. Modificación del Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de medición, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad
D.A. 6ª. Actuación de dotación
D.A. 7ª. Municipios sin planeamiento urbanístico
D.A. 8ª. Previsiones de publicidad en las viviendas de precio limitado
D.A. 9ª. Régimen de infracciones y sanciones de las viviendas de precio limitado
D.A. 10ª. Modificación de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears
D.A. 11ª. Carácter de urgencia de los procedimientos
D.A. 12ª. Normas de funcionamiento del Registro autonómico de viviendas de precio limitado
D.A. 13ª. Regulación de los requisitos para ejercer la actividad de agente inmobiliario
D.A. 14ª. Creación del Registro oficial de agentes inmobiliarios de las Illes Balears
D.A. 15ª. Programa de alojamiento temporal para determinado personal estatutario sanitario y personal docente de la enseñanza pública no universitaria en las islas de Ibiza y Formentera
D.A. 16ª. Norma específica para la promoción de la vivienda en el ámbito del municipio de Palma
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Expedientes en tramitación a la entrada en vigor de esta ley
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de las normas de la disposición adicional quinta de esta ley
D.F. 2ª. Modificación de las normas de la disposición adicional decimosegunda de esta ley
D.F. 3ª. Modificación de las normas contenidas en las disposiciones adicionales decimotercera y decimocuarta de esta ley
D.F. 4ª. Entrada en vigor
