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Ley 4/2010, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de la Región de Murcia para elejercicio 2011. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 31-12-2010

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Preambulo

PREÁMBULO

TÍTULO I. APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS

CAPÍTULO I. Créditos iniciales y financiación de los mismos

Artículo 1. - Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 2. - Créditos iniciales y financiación del Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma.

Artículo 3.- Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos.

Artículo 4. - Dotaciones iniciales y financiación de los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del secto...

Artículo 5. - Presupuesto consolidado de la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos.

Artículo 6. - Distribución funcional del gasto.

CAPÍTULO II. Beneficios fiscales

Artículo 7. - Beneficios fiscales.

TÍTULO II. MODIFICACIONES EN LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO I. Normas generales

Artículo 8. - Vinculación de los créditos.

Artículo 9. - Principio general.

Artículo 10. - Modificaciones de crédito entre la Administración General y organismos autónomos.

Artículo 11.- Modificaciones de crédito que afecten a los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del sect...

Artículo 12. - Modificaciones en los créditos del capítulo I.

Artículo 13.- Adecuaciones en los créditos financiados con ingresos finalistas.

Artículo 14.- Transferencias a corporaciones locales.

Artículo 15.- Competencias de los titulares de organismos autónomos.

Artículo 16.- Habilitación de partidas presupuestarias.

Artículo 17.- Adaptaciones técnicas del Presupuesto.

CAPÍTULO II. Ampliaciones y generaciones de créditos

SECCIÓN primera. Ampliaciones de crédito

Artículo 18.- Ampliaciones de crédito para reconocimiento de obligaciones.

Artículo 19. - Ampliaciones de crédito por mayores ingresos.

Artículo 20. - Otros créditos ampliables.

SECCIÓN segunda. Generaciones de crédito

Artículo 21.- Normas específicas sobre generación de créditos.

Artículo 22.- Medidas de fomento del patrimonio histórico y medidas de fomento social.

TÍTULO III. GASTOS DE PERSONAL

CAPÍTULO I. Regímenes retributivos

Artículo 23.- Incremento de retribuciones del personal al servicio del sector público regional.

Artículo 24. - Retribuciones del personal del sector público regional sometido a régimen administrativo y estatutario.

Artículo 25. - Retribuciones del personal laboral del sector público regional.

Artículo 26. - Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral.

Artículo 27. - Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno y Altos Cargos de la Administración Pública Regional.

Artículo 28. - Retribuciones del personal funcionario al servicio de la Administración Pública Regional.

Artículo 29. - Retribuciones de los funcionarios interinos.

Artículo 30. - Retribuciones del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud.

Artículo 31.- Normas especiales.

Artículo 32.- Variación de las retribuciones del personal al servicio del sector público.

CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de gastos de personal

Artículo 33.- Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.

Artículo 34. - Relaciones de puestos de trabajo.

Artículo 35.- Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.

Artículo 36. - Celebración de acuerdos, pactos o convenios que impliquen aumento del gasto, y retribución de horas extraordinarias.

TÍTULO IV. GESTIÓN PRESUPUESTARIA

CAPÍTULO I. Normas sobre gestión presupuestaria

Artículo 37. - Autorizaciones de gastos.

Artículo 38.- Proyectos de gasto.

Artículo 39.- Proyectos de gasto de subvenciones nominativas.

Artículo 40.- Transferencias de crédito de gastos con financiación afectada.

Artículo 41. - Fiscalización de gastos y pagos.

Artículo 42.- Fondos de Compensación Interterritorial.

Artículo 43.- Gestión de los créditos correspondientes a la Política Agraria Común.

CAPÍTULO II. Cooperación con las entidades locales

Artículo 44. - Pagos con cargo al Plan de Cooperación Local.

Artículo 45. - Remanentes en Planes de Cooperación Local.

Artículo 46.- Bajas por adjudicación de obras municipales con financiación autonómica.

Artículo 47.- Fondo de financiación de las corporaciones locales.

CAPÍTULO III. Gestión de los presupuestos docentes

Artículo 48.- Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.

Artículo 49. - Autorización de los costes de personal de las universidades públicas de la Región de Murcia.

TÍTULO V. OPERACIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO I. Deuda Pública

Artículo 50. - Endeudamiento de la Administración General.

Artículo 51. - Endeudamiento de organismos autónomos y entidades incluidas en el sector administraciones públicas de la Comunidad Autónoma.

Artículo 52. - Gestión de la tesorería de los organismos autónomos y demás entidades del sector público regional.

CAPÍTULO II. Avales

Artículo 53.- Avales.

TÍTULO VI. NORMAS TRIBUTARIAS

Artículo 54.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Artículo 55. - Tributos sobre el Juego.

Artículo 56. - Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

Artículo 57. - Incremento de tasas y precios públicos.

DISPOSICIONES ADICIONALES

D.A. 1ª.- Contratos de obras y servicios que superen los 150.000 euros.

D.A. 2ª.- Seguimiento de objetivos presupuestarios. El sistema de seguimiento de objetivos previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 12/1998, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia par...

D.A. 3ª.- Contratos Programa.

D..A. 4ª.- Compromisos de gasto de carácter plurianual.

D.A. 5ª.- Infraestructuras financiadas con fondos públicos y privados.

D.A. 7ª.- Subvenciones a organizaciones sindicales y empresariales.

D.A. 8ª.- Subvenciones nominativas del Servicio Murciano de Salud.

D.A. 9ª.- Suspensión de los pagos a favor de entidades del sector público que no cumplan el deber de información en materia de estabilidad presupuestaria.

D.A. 10ª.- Depuración de saldos antiguos por derechos pendientes de cobro.

D.A. 10ª.- Fundaciones del sector público autonómico.

D.A.11ª.- Bajas por adjudicación.

D.A. 12ª.- Tramitación de determinados gastos derivados de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal de los menores y otras situaciones de emergencia social.

D.A. 13ª.- Autorización de la inclusión de cláusulas de pago aplazado en determinados contratos relativos a infraestructuras educativas. 1. Podrán incluirse cláusulas de precio aplazado en los contratos de obras que se celebren para la ejecución de los...

D.A. 14ª.- Creación de entidades del sector público regional.

D.A. 15ª.- Tramitación anticipada de expedientes de gasto.

D.A. 16ª.- Medidas de control sobre los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sociedades mercantiles regionales.

D.A. 17ª.- Pagas extraordinarias del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo de la Comunidad Autónoma.

D.A. 18ª.- Subvenciones nominativas de la Asamblea Regional relativas al Programa de Divulgación Educativa.

D.A. 19ª.- Inaplicación de limitaciones a las transferencias de crédito que realice la Asamblea Regional durante 2011.

D.A. 20ª.- Modificación del Decreto Legislativo 1/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Administración Pública de la Región de Murcia.

D.A. 21ª.- Créditos concedidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a particulares y empresas sin interés o con interés inferior al de mercado.

D.A. 22ª.- Modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre.

D.A. 23ª.- Modificación del Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.

DISPOSICIONES FINALES

D.F. 1ª.- Desarrollo y ejecución de la Ley.

D.F. 2ª.- Entrada en vigor.