Ley 5/2013, de 1 de octubre, audiovisual de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 03-10-2013
Índice
Texto
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Octubre de 2013
F. entrada en vigor: 04/10/2013
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 136
F. Publicación: 03/10/2013
Preambulo
PREÁMBULO
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
TÍTULO II. LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
CAPÍTULO I. Los derechos de los usuarios
Artículo 4. Derechos de los usuarios
Artículo 5. Pluralismo en la comunicación audiovisual
Artículo 6. El derecho a la diversidad cultural y lingüística
Artículo 7. Derechos del menor como usuario de los servicios de comunicación audiovisual
Artículo 8. Derechos de las personas con discapacidad
Artículo 9. El derecho a una comunicación audiovisual transparente
Artículo 10. Derecho a participar en el control de los contenidos audiovisuales
CAPÍTULO II. Los derechos de los prestadores del servicio
Artículo 11. Los derechos de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual
Artículo 12. El derecho a la autorregulación
Artículo 13. El derecho a crear canales de comunicación comercial y programas o anuncios de autopromoción.
Artículo 14. Derecho a emitir mensajes publicitarios y televenta
Artículo 15. Derecho al patrocinio
Artículo 16. El derecho a contratar la emisión en exclusiva de contenidos audiovisuales
Artículo 17. El derecho a la emisión en cadena
Artículo 18. El derecho a emitir televisión en alta definición
TÍTULO III. REGULACIÓN DEL MERCADO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
CAPÍTULO I. Régimen jurídico
Artículo 19. Régimen jurídico de los servicios de comunicación audiovisual de interés general.
CAPÍTULO II. Licencias audiovisuales y comunicación previa
Artículo 20. Las licencias audiovisuales
Artículo 21. La comunicación previa
Artículo 22. Negocios jurídicos sobre licencias de comunicación audiovisual
Artículo 23. Servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro
TÍTULO IV. EL SERVICIO PÚBLICO AUDIOVISUAL EN LAS ILLES BALEARS
Artículo 24. Definición y alcance del servicio público de comunicación audiovisual
Artículo 25. Principios inspiradores y alcance
Artículo 26. Explotación de los canales digitales
Artículo 27. Gestión del servicio público
Artículo 28. Límites para los prestadores del servicio público audiovisual de titularidad pública
Artículo 29. Medidas de estabilidad presupuestaria del servicio público de comunicación audiovisual
TÍTULO V. RÉGIMEN SANCIONA
Artículo 30. Competencias
Artículo 31. Infracciones muy graves
Artículo 32. Infracciones graves
Artículo 33. Infracciones leves
Artículo 34. Sanciones
Artículo 35. Responsabilidad por la comisión de infracciones
TÍTULO VI. LAS LÍNEAS DE ACCIÓN INSTITUCIONAL
Artículo 36. Líneas fundamentales de la acción institucional
TÍTULO VII. COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN
Artículo 37. Competencias
Artículo 38. Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual
Artículo 39. Registro general de empresas audiovisuales de las Illes Balears
Artículo 40. Filmoteca de las Illes Balears
Artículo 41. Illes Balears Film Commission
TÍTULO VIII. SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 42. Reducción de cargas administrativas
TÍTULO IX. FOMENTO DE LA ACTIVIDAD AUDIOVISUAL
CAPÍTULO I. Incentivos a la actividad audiovisual
Artículo 43. Incentivos para el desarrollo de la actividad audiovisual en las Illes Balears
Artículo 44. Aportaciones en especie
Artículo 45. Incentivos y bonificaciones fiscales
Artículo 46. Financiación cinematográfica y audiovisual
Artículo 47. Otros incentivos
CAPÍTULO II. Fomento y coordinación de las actividades de investigación y formación relativas al sector audiovisual
Artículo 48. Estimulo de la formación y la investigación
CAPÍTULO III. Fomento de la promoción exterior del sector audiovisual balear
Artículo 49. Promoción exterior
TÍTULO X. LAS PRODUCCIONES AUDIOVISUALES Y EL MEDIO AMBIENTE
Artículo 50. Protección del medio ambiente en relación a las producciones audiovisuales
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. ÚNICA
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D. DT. única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª
D.F. 2ª Entrada en vigor