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LEY 5/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2014. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 30-12-2013

Tiempo de lectura: 18 min

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Ambito: Madrid

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2014

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 309

F. Publicación: 30/12/2013

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. De la aprobación de los presupuestos y de sus modificaciones
CAPÍTULO I. De los créditos y su financiación
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid Artículo 2. De los créditos iniciales y financiación de los mismos Artículo 3. De los Presupuestos de Empresas Públicas y resto de Entes Públicos Artículo 4. Transferencias internas entre Entes del sector público de la Comunidad de Madrid Artículo 5. Aplicación de remanentes de tesorería Artículo 6. Beneficios fiscales
CAPÍTULO II. De la Estabilidad Presupuestaria
Artículo 7. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera Artículo 8. Disponibilidad de los créditos Artículo 9. Fondo de Contingencia
CAPÍTULO III. Normas sobre modificación de los créditos presupuestarios y modificación de los presupuestos aprobados
Artículo 10. Vinculación de los créditos Artículo 11. Plan Especial de Actuaciones e Inversiones Artículo 12. Régimen jurídico aplicable a las modificaciones presupuestarias Artículo 13. Transferencias de crédito Artículo 14. Limitación de transferencias de crédito Artículo 15. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias Artículo 16. Subconceptos de gastos asociados a ingresos Artículo 17. Cooperación municipal Artículo 18. Información y control Artículo 19. De los presupuestos de carácter estimativo Artículo 20. Créditos para el cumplimiento de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia
TÍTULO II. De los gastos de personal
CAPÍTULO I. De los gastos de personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid
Artículo 21. De las retribuciones Artículo 22. Oferta de Empleo Público Artículo 23. Personal del sector público de la Comunidad de Madrid sometido a régimen administrativo y estatutario Artículo 24. Personal laboral del sector público de la Comunidad de Madrid Artículo 25. Retribuciones de los Altos Cargos de la Comunidad de Madrid y de los miembros del Consejo Consultivo Artículo 26. Retribuciones de los funcionarios de la Comunidad de Madrid Artículo 27. Retribuciones del personal estatutario de los servicios de salud Artículo 28. Retribuciones de los funcionarios a los que no es de aplicación el sistema retributivo previsto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid Artículo 29. Retribuciones del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia Artículo 30. Otras retribuciones: personal eventual, funcionarios interinos, funcionarios en prácticas, contratos de alta dirección y otro personal directivo Artículo 31. Retribuciones del personal directivo de las Instituciones Sanitarias dependientes de la Consejería de Sanidad Artículo 32. De los costes de personal incluidos en los Presupuestos de las Universidades Públicas
CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de personal
Artículo 33. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario Artículo 34. Contratos de alta dirección Artículo 35. Prohibición de ingresos atípicos Artículo 36. Prohibición de cláusulas indemnizatorias Artículo 37. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos para inversiones Artículo 38. Formalización de contratos, adscripción o nombramiento de personal
TÍTULO III. De las operaciones financieras
CAPÍTULO I. Operaciones de crédito
Artículo 39. Límite del endeudamiento Artículo 40. Operaciones financieras a largo plazo Artículo 41. Operaciones financieras a corto plazo Artículo 42. Otras operaciones financieras Artículo 43. Anticipos de caja
CAPÍTULO II. Tesorería
Artículo 44. Apertura de cuentas en entidades financieras Artículo 45. Valores pendientes de cobro
TÍTULO IV. Procedimientos de gestión presupuestaria
CAPÍTULO I. Autorización de gastos
Artículo 46. Autorización de gastos
CAPÍTULO II. De los centros docentes no universitarios
Artículo 47. Autorización de cupos de efectivos docentes en centros docentes públicos no universitarios, de contrataciones de otro profesorado y designación de asesores técnicos docentes Artículo 48. Módulo económico para financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos Artículo 49. Autorización de unidades escolares en centros privados sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2014-2015 Artículo 50. Convenios con Corporaciones Locales
CAPÍTULO III. Universidades Públicas
Artículo 51. Régimen presupuestario de las universidades Artículo 52. De la liquidación de las transferencias a los presupuestos de las universidades
CAPÍTULO IV. Régimen de gestión económica y presupuestaria del Servicio Madrileño de Salud
Artículo 53. Gestión económica y presupuestaria Artículo 54. Vinculación específica de los créditos Artículo 55. Modificaciones de los créditos Artículo 56. Gestión presupuestaria
CAPÍTULO V. Otras normas de gestión presupuestaria
Artículo 57. Planes y programas de actuación Artículo 58. Retención y compensación Artículo 59. Disposición de créditos financiados con transferencias finalistas Artículo 60. Especialidades en el ejercicio de la función interventora Artículo 61. Importe de la prestación de la Renta Mínima de Inserción para 2014
TÍTULO V. Disposiciones sobre el Sector Público de la Comunidad de Madrid
Artículo 62. Reordenación del sector público Artículo 63. Información de Organismos Autónomos mercantiles y Empresas Públicas Artículo 64. Encargos a Empresas y Entes Públicos Artículo 65. Radio Televisión Madrid
TÍTULO VI. De las tasas
Artículo 66. Actualización de la cuantía de las tasas
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Informes de la Consejería de Economía y Hacienda D.A. 2ª. Suspensión de determinados artículos de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid D.A. 3ª. Personal transferido D.A. 4ª. Integración de personal laboral en la Comunidad de Madrid D.A. 5ª. Adaptaciones técnicas del presupuesto D.A. 6ª. Contratación de publicidad, promoción, divulgación y anuncios D.A. 7ª. Contratos, convenios y subvenciones a las Universidades D.A. 8ª. Destino del canon de la explotación de la Plaza de Toros de Las Ventas D.A. 9ª. Suspensión de acuerdos D.A. 10ª. Suspensión de normas convencionales D.A. 11ª. Arrendamientos de inmuebles a disposición de organizaciones sindicales D.A. 12ª. Subvenciones a partidos políticos y organizaciones sindicales y empresariales D.A. 13ª. Subvención de los servicios de asistencia jurídica gratuita D.A. 14ª. Devengo de las pagas extraordinarias del personal laboral
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo y ejecución de la presente ley D.F. 2ª. Modificación de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid D.F. 3ª. Entrada en vigor ANEXO I. CRÉDITOS VINCULANTES CON EL NIVEL QUE SE DETALLA ANEXO II. ADSCRIPCIÓN DE PROGRAMAS POR SECCIONES ANEXO III. PLAN DE ACTUACIONES EN VALLECAS ANEXO IV. SUBCONCEPTO DE GASTOS ASOCIADOS A INGRESOS ANEXO V. MÓDULOS ECONÓMICOS PARA LA FINANCIACIÓN DE CENTROS DOCENTES PRIVADOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID 2014