LEY 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 09-02-2021
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Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Febrero de 2021
F. entrada en vigor: 10/02/2021
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 26
F. Publicación: 09/02/2021
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Principios rectores
Artículo 5. Principios de actuación
Artículo 6. Principios específicos en materia de familia
TÍTULO I. Criterios de actuación y organización para el impulso demográfico
CAPÍTULO I. Carácter sistémico de las políticas demográficas
Artículo 7. Incorporación de la perspectiva demográfica
Artículo 8. Análisis del impacto demográfico
Artículo 9. Informe periódico e indicadores en materia demográfica
Artículo 10. Colaboración y cooperación interadministrativa
Artículo 11. Políticas prioritarias para el impulso demográfico
Artículo 12. Criterios de actuación de las administraciones locales
Artículo 13. Apoyo a las administraciones locales
Artículo 14. Colaboración con el sector privado
Artículo 15. Colaboración del tercer sector social
Artículo 16. Participación ciudadana
Artículo 17. Contratación
Artículo 18. Ayudas y subvenciones públicas
CAPÍTULO II. Organización administrativa
Artículo 19. Competencias del Consello de la Xunta de Galicia
Artículo 20. Comisión para el Impulso Demográfico
Artículo 21. Comisión Técnica para el Impulso Demográfico
Artículo 22. Observatorio Gallego de Dinamización Demográfica
CAPÍTULO III. Estudio, sensibilización, formación y comunicación
Artículo 23. Estudio en materia demográfica
Artículo 24. Sensibilización social en materia demográfica
Artículo 25. Formación en el ámbito educativo
Artículo 26. Formación del personal al servicio del sector público autonómico en materia demográfica
Artículo 27. Medios de comunicación social
TÍTULO II. Políticas públicas para el impulso demográfico
CAPÍTULO I. Criterios generales
Artículo 28. Políticas activas de empleo
Artículo 29. Apoyo al acceso y a la permanencia en la vivienda
Artículo 30. Renta familiar estandarizada
CAPÍTULO II. Apoyo a las familias
Artículo 31. Incremento de la inversión en políticas de familia
Artículo 32. Prestaciones y ayudas familiares por nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo
Artículo 33. Accesibilidad de los recursos de atención temprana
Artículo 34. Ayuda a las familias más vulnerables
Artículo 35. Ayudas para la mejora de las viviendas
Artículo 36. Apoyo económico para el transporte
Artículo 37. Apoyo económico para el acceso a la educación infantil 0-3
Artículo 38. Sello para establecimientos amigables con las familias con niños y niñas
Artículo 39. Especial consideración de las familias numerosas
Artículo 40. Especial consideración de las familias monoparentales
Artículo 41. Espacios para las familias en los edificios de uso público
Artículo 42. Reserva de aparcamiento para las familias
Artículo 43. Bancos de leche materna
Artículo 44. Asistencia sanitaria a la reproducción
CAPÍTULO III. Conciliación de la vida familiar, laboral y personal
SECCIÓN 1ª. Principios generales
Artículo 45. Criterios generales de actuación en materia de conciliación
Artículo 46. Defensa de la maternidad y paternidad en los procedimientos penales
SECCIÓN 2ª. Educación infantil 0-3 y recursos y servicios de conciliación
Artículo 47. Accesibilidad de los recursos y servicios de conciliación
Artículo 48. Medidas de protección de la salud infantil en los recursos y servicios de conciliación
Artículo 49. Educación infantil 0-3
Artículo 50. Atención de las necesidades puntuales de conciliación
SECCIÓN 3ª. Conciliación en el sector público
Artículo 51. Desarrollo profesional
Artículo 52. Impulso de la flexibilidad
Artículo 53. Bolsa de horas de libre disposición
Artículo 54. Recursos de conciliación
SECCIÓN 4ª. Conciliación en el sector privado
Artículo 55. Implicación del sector empresarial
Artículo 56. Ayudas para facilitar la conciliación
Artículo 57. Promoción de la conciliación en la contratación del sector público autonómico
Artículo 58. Racionalización de horarios
Artículo 59. Conciliación y corresponsabilidad en la negociación colectiva
Artículo 60. Reserva de suelo empresarial para recursos de conciliación
CAPÍTULO IV. Apoyo a la juventud
Artículo 61. Criterios generales de actuación en el ámbito de la juventud
Artículo 62. Formación orientada al mercado laboral y a las potencialidades del territorio
Artículo 63. Educación no formal y voluntariado
Artículo 64. Impulso del emprendimiento
Artículo 65. Impulso de la innovación, tecnología y creatividad y de las tecnologías de la información y la comunicación
Artículo 66. Relevo generacional
CAPÍTULO V. Retorno y atracción de nueva población
SECCIÓN 1ª. Criterios generales de actuación
Artículo 67. Mejora del saldo migratorio y de las tasas de actividad y ocupación
Artículo 68. Estímulo de las actividades económicas
Artículo 69. Incorporación al sistema educativo
SECCIÓN 2ª. Fomento del retorno de la población gallega residente en el exterior
Artículo 70. Afianzamiento de los vínculos con la población gallega residente en el exterior
Artículo 71. Igualdad de condiciones en el acceso a programas y servicios
Artículo 72. Apoyo en el proceso de retorno
SECCIÓN 3ª. Atracción de nueva población
Artículo 73. Mercado laboral
Artículo 74. Inclusión social
Artículo 75. Formación para el empleo
Artículo 76. Zonas de actuación prioritaria en el impulso demográfico
CAPÍTULO VI. Equilibrio territorial
Artículo 77. Valorización del medio rural y costero no urbano
Artículo 78. Consideración de los desequilibrios demográficos
Artículo 79. Desarrollo sostenible de las políticas y servicios públicos
Artículo 80. Accesibilidad de los servicios públicos
Artículo 81. Movilidad
Artículo 82. Telecomunicaciones
Artículo 83. Servicios para las personas mayores en el medio rural y costero no urbano
Artículo 84. Servicios para las personas con discapacidad en el medio rural y costero no urbano
Artículo 85. Plazas educativas y recursos de conciliación
Artículo 86. Estándares de calidad en la enseñanza
Artículo 87. Formación profesional
Artículo 88. Acceso a la cultura y fomento de las actividades e industrias creativas y culturales
Artículo 89. Fomento del turismo sostenible e inclusivo
Artículo 90. Acceso a la tierra
Artículo 91. Impulso de las actividades agroforestales
Artículo 92. Sostenibilidad de las actividades agroforestales y marítimo-pesqueras
Artículo 93. Diversificación de la actividad económica
Artículo 94. Relevo generacional en el medio rural y costero no urbano
Artículo 95. Innovación y tecnología en el medio rural y costero no urbano
Artículo 96. Tecnologías y competitividad
Artículo 97. Incentivos y bonificaciones impositivas a la inversión
Artículo 98. Suelo empresarial
Artículo 99. Apoyo al comercio de proximidad
Artículo 100. Servicios financieros y bancarios
Artículo 101. Responsabilidad social territorial
CAPÍTULO VII. Envejecimiento activo y saludable
Artículo 102. Criterios generales de actuación para el envejecimiento activo y saludable
Artículo 103. Tecnología aplicada al envejecimiento activo y saludable
Artículo 104. Economía del envejecimiento
Artículo 105. Cuarto ciclo
Artículo 106. Puesta en valor de la experiencia
Artículo 107. Atención a domicilio y acompañamiento para las personas mayores y con limitaciones funcionales o de autonomía personal
Artículo 108. Prevención y atención de la soledad no deseada
Artículo 109. Refuerzo de las relaciones intergeneracionales
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Incremento de la inversión en políticas de familia
D.A. 2ª. Estrategia de impulso demográfico
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público
D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, aprobado por el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero
D.F. 6ª. Modificación de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia
D.F. 7ª. Desarrollo normativo
D.F. 8ª. Entrada en vigor