Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 02-12-2005
Índice
Texto
Ambito: Murcia
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019
F. entrada en vigor: 01/01/2006
Órgano emisor: PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 278
F. Publicación: 02/12/2005
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I. Del ámbito de aplicación de la Ley
Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Régimen jurídico de las subvenciones.
CAPÍTULO II. Disposiciones comunes a las subvenciones
Artículo 3.- Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones.
Artículo 4.- Principios generales.
Artículo 5.- Planificación de la actividad subvencional.
Artículo 6.- Contenido de los planes estratégicos.
Artículo 7.- Valoración de los planes estratégicos.
Artículo 8.- Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea.
Artículo 9.- Sujetos participantes.
Artículo 10. - Órganos competentes para la concesión de subvenciones.
Artículo 11.- Obligaciones de los beneficiarios.
Artículo 12.- De las entidades colaboradoras.
Artículo 13.- Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones.
Artículo 14.- Publicidad de las subvenciones.
Artículo 15.- Coordinación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Artículo 16.- Régimen General de Garantías.
TÍTULO I. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN Y GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. Del procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva
Artículo 17.- Iniciación.
Artículo 18.- Instrucción.
Artículo 19.- Resolución.
Artículo 20.- Notificación de la resolución.
Artículo 21.- Reformulación de las solicitudes.
Artículo 22.- Supuestos especiales de concurrencia.
CAPÍTULO II. Del procedimiento de concesión directa
Artículo 23.- Concesión directa.
CAPÍTULO III. Del procedimiento de gestión y justificación
Artículo 24.- Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios.
Artículo 25.- Justificación de las subvenciones.
Artículo 26.- Comprobación de subvenciones.
Artículo 27.- Comprobación de valores.
CAPÍTULO IV. Del procedimiento de gestión presupuestaria
Artículo 28. - Procedimiento de aprobación del gasto.
Artículo 29.- Pago de las subvenciones.
Artículo 30.- Retención de pagos.
TÍTULO II. DEL REINTEGRO DE SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. Del reintegro
Artículo 31. - Procedimientos de revisión de oficio y de declaración de lesividad del acto de concesión.
Artículo 32.- Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia.
Artículo 33.- Prescripción.
Artículo 34.- Obligados al reintegro.
CAPÍTULO II. Del procedimiento de reintegro
Artículo 35.- Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro.
Artículo 36.- Procedimiento de reintegro.
Artículo 37.- Coordinación de actuaciones.
TÍTULO III. DEL CONTROL FINANCIERO DE SUBVENCIONES
Artículo 38.- Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones.
Artículo 39.- Facultades del personal controlador.
Artículo 40.- Deberes del personal controlador.
Artículo 41.- Del procedimiento de control financiero.
Artículo 42. - Documentación de las actuaciones de control financiero.
Artículo 43.- Efectos de los informes de control financiero.
TÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I. De la competencia y del procedimiento sancionador
Artículo 44.- Procedimiento sancionador.
Artículo 45.- Órganos competentes.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas.
D.A. 2ª.- Contratación de la colaboración para la realización de controles financieros de subvenciones con auditores privados.
D.A. 3ª.- Ayudas en especie.
D.A. 4ª.- Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza.
D.A. 5ª.- Aprobación de bases reguladoras en el Servicio Regional de Empleo y Formación.
D.A. 6ª.- Plan de cooperación local.
D.A. 7ª.- Subvenciones de cooperación humanitaria, institucional o para el desarrollo.
D.A. 8ª.- Ayudas del Instituto Murciano de Acción Social.
D.A. 9ª.- Créditos concedidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a particulares y empresas sin interés o con interés inferior al de mercado.
D.A. 10ª.- Control financiero sobre las ayudas de la Unión Europea y seguimiento de sus resultados.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Régimen transitorio de los procedimientos.
D.T. 2ª.- Primer plan estratégico de subvenciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.- Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.- Desarrollo y entrada en vigor de esta ley.