Orden de la Consejería de Presidencia por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial del año 2012. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 13-04-2012
- Ámbito: Murcia
- Estado: VIGENTE
- Fecha de entrada en vigor: 13/04/2012
- Órgano Emisor: Consejeria De Presidencia
- Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 85
- Fecha de Publicación: 13/04/2012
- PDF de la disposición
La Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada en su artículo 130 establece la necesidad de elaborar planes de inspección ambiental con la finalidad de programar las inspecciones ambientales que se realicen por la Dirección General con competencia en materia de medio ambiente. Dichos planes deberán ser públicos tal y como establece el apartado segundo del mencionado artículo.
De la misma manera, la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de abril de 2001, sobre criterios mínimos de las inspecciones ambientales en los Estados miembros, (2001/331/CE), establece en lo relativo a la planificación de las inspecciones, que las inspecciones ambientales deben planificarse de antemano, para lo que deberá contarse con uno o varios programas de inspecciones ambientales que cubran todo el territorio del estado miembro y todas las instalaciones controladas que se encuentren en el mismo.
Por su parte, la mencionada Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada dedica el Capítulo I del Título VIII al control y la disciplina ambiental desarrolla las normas reguladoras de la actividad de inspección. Así, su artículo 125 regula las actividades sujetas a vigilancia y control ambiental, el artículo 126 establece las competencias en la vigilancia e inspección ambiental y el artículo 127 define las clases de inspección ambiental.
Es importante destacar que, para la adecuada ejecución del Plan de Inspección, se hace necesaria la coordinación del órgano ambiental de la Comunidad Autónoma, Dirección General de Medio Ambiente, con los ayuntamientos de la Región de Murcia, así como con otras Direcciones Generales de la Comunidad Autónoma y el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA).
En general, las actuaciones de inspección, control y vigilancia ambientales deben tener por objeto conseguir un nivel elevado de protección del medio ambiente en nuestra Región.
El objetivo básico del Plan de inspección ambiental es comprobar el grado de cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en las autorizaciones ambientales autonómicas de las actividades e instalaciones potencialmente contaminantes de la Región de Murcia que se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada, y el descubrimiento de las no autorizadas.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Medio Ambiente, y de conformidad con las facultades atribuidas por los artículos 16 y 25-4 de la Ley 7/2004 de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Dispongo