Preambulo Formularios nor...ón pública

Preambulo Formularios normalizados para la publicación de anuncios en el ámbito de la contratación pública

Ver Indice
»

Preambulo

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1986 DE LA COMISIÓN

de 11 de noviembre de 2015

por el que se establecen formularios normalizados para la publicación de anuncios en el ámbito de la contratación pública y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) no 842/2011

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras (1), y, en particular, su artículo 3 bis,

Vista la Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (2), y, en particular, su artículo 3 bis,

Vista la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, y por la que se modifican las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE (3), y, en particular, su artículo 32, apartado 1, su artículo 52, apartado 2, y su artículo 64,

Vista la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (4), y, en particular, su artículo 33, apartados 1 y 2,

Vista la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (5), y, en particular, su artículo 51, apartados 1 y 2, su artículo 75, apartado 3, y su artículo 79, apartado 3,

Vista la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE (6), y, en particular su artículo 71, apartados 1 y 2, su artículo 92, apartado 3, y su artículo 96, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) Las Directivas 89/665/CEE y 2014/24/UE exigen que los contratos públicos de obras, de suministros y de servicios se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los anuncios destinados a esa publicación deben incluir la información que se establece en las citadas Directivas.

(2) Las Directivas 92/13/CEE y 2014/25/UE exigen que los contratos de obras, de suministros y de servicios en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los anuncios destinados a esa publicación deben incluir la información que se establece en las citadas Directivas.

(3) La Directiva 2009/81/CE exige que determinados contratos de obras, de suministros y de servicios en los ámbitos de la defensa y la seguridad se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los anuncios destinados a esa publicación deben incluir la información que se establece en la citada Directiva.

(4) Las Directivas 89/665/CEE, 92/13/CEE y 2014/23/UE exigen que las concesiones de obras y de servicios se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los anuncios destinados a esa publicación deben incluir la información que se establece en las citadas Directivas.

(5) El Reglamento de Ejecución (UE) no 842/2011 de la Comisión (7) establece los formularios normalizados previstos en las Directivas 2004/17/CE, 2004/18/CE, 2009/81/CE, 89/665/CEE y 92/13/CEE.

(6) A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE, y con el fin de garantizar la plena eficacia de las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE, es necesario adaptar los formularios normalizados anexos al Reglamento de Ejecución (UE) no 842/2011 y añadir nuevos formularios normalizados. Habida cuenta de la cantidad de ajustes necesarios, y de su magnitud, procede sustituir el Reglamento de Ejecución (UE) no 842/2011.

(7) No obstante, cuando un Estado miembro incorpore las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE o 2014/25/UE o las modificaciones de las Directivas 89/665/CEE o 92/13/CEE antes de que finalice el plazo de 18 de abril de 2016, sus poderes adjudicadores y entidades adjudicadoras deben, a partir de ese momento, utilizar solo los formularios normalizados previstos en el presente Reglamento de Ejecución, pues son los únicos destinados a garantizar la conformidad con los requisitos legales de las nuevas Directivas o las Directivas modificadas.

(8) La Directiva 2009/81/CE no ha sido modificada; por tanto, los formularios normalizados previstos en dicha Directiva tampoco han sufrido cambios. En consecuencia, deben seguir utilizándose hasta tanto no se derogue el Reglamento de Ejecución (UE) no 842/2011.

(9) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Consultivo para los Contratos Públicos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: