Preambulo �nico Presupu...012 Aragón

Preambulo �nico Presupuestos 2012 Aragón

Ver Indice
»

Preambulo

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.

ÍNDICE

PREÁMBULO

TÍTULO PRIMERO. DE LA APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS

Artículo 1. -Aprobación y contenido

Artículo 2.

Beneficios fiscales

Artículo 3. -Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón

TÍTULO SEGUNDO.

DE LOS CRÉDITOS Y SUS MODIFICACIONES

Artículo 4. -Vinculación de los créditos

Artículo 5.

Imputación de gastos

Artículo 6. -Créditos ampliables

Artículo 7.

Transferencias de crédito

Artículo 8. -Incorporación de remanentes de crédito

Artículo 9.

Habilitación de aplicaciones presupuestarias

Artículo 10. -Garantía presupuestaria de los recursos afectados

Artículo 11.

Ajustes en los estados de gastos e ingresos del presupuesto

Artículo 12. -Normas generales relativas a los expedientes de modificación de créditos

TÍTULO TERCERO.

DE LA GESTIÓN DEL PRESUPUESTO

Artículo 13. -Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan compromisos financieros

Artículo 14.

Gestión de los créditos finalistas y cofinanciados

Artículo 15.-Autorización para adquirir compromisos de ejercicios futuros

Artículo 16. -Transferencias a organismos públicos

TÍTULO CUARTO.

DE LOS CRÉDITOS DE PERSONAL

CAPÍTULO I. REGÍMENES RETRIBUTIVOS

Artículo 17. -Normas básicas en materia de gastos de personal

Artículo 18.

Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los directores generales y asimilados, del personal eventual y de otro personal directivo

Artículo 19. -Conceptos retributivos, devengo y cuantías aplicables a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la disposición final cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público

Artículo 20.

Personal docente no universitario

Artículo 21. -Complemento de productividad y gratificaciones

Artículo 22.

Complemento personal transitorio

Artículo 23. -Retribuciones del personal laboral

Artículo 24.

Retribuciones de los funcionarios interinos

Artículo 25. -Retribuciones del personal estatutario

Artículo 26.

Retribuciones complementarias del personal al servicio de la Administración de Justicia

Artículo 27. -Retribuciones del personal de las empresas de la Comunidad Autónoma

CAPÍTULO II.

OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE RÉGIMEN DE PERSONAL ACTIVO

Artículo 28. -Anticipos de retribuciones

Artículo 29.

Prohibición de ingresos atípicos

Artículo 30.-Provisión de puestos reservados a representantes sindicales

Artículo 31. -Normas generales sobre ordenación y provisión de puestos de trabajo

TÍTULO QUINTO.

DE LAS TRANSFERENCIAS A ENTIDADES LOCALES Y DE LAS ACTUACIONES DE POLÍTICA TERRITORIAL

Artículo 32.-Normas de gestión del Fondo Local de Aragón

Artículo 33. -Programas de apoyo a la Administración Local y de Política Territorial

TÍTULO SEXTO.

DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

Artículo 34. -Alcance y contenido de las operaciones de endeudamiento

Artículo 35.

Operaciones financieras de organismos públicos, empresas y demás entes pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma

Artículo 36. -Otorgamiento de avales y garantías

Artículo 37.

Límite para los contratos de reafianzamiento y aval con las sociedades de garantía recíproca

Artículo 38. -Incentivos regionales

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.

Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón

Segunda.-Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones

Tercera.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para la concesión de subvenciones

Cuarta.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para contratar con las Administraciones públicas

Quinta.-Subsidiación de intereses

Sexta.-Información sobre gestión presupuestaria a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón

Séptima.-Información fiscal a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón

Octava.-Fondo de Acción Social en favor del personal

Novena.-Gestión de los créditos de la Sección 30

Décima.-Anticipos de subvenciones en materia de servicios sociales y sanitarios

Undécima.-Ingreso Aragonés de Inserción

Duodécima.-Ayuda a los países más desfavorecidos

Décimotercera.-Rendición y contenido de cuentas

Décimocuarta.-Compensación por iniciativas legislativas populares

Décimoquinta.-Transferencias corrientes a las entidades locales aragonesas para la gestión de los servicios sociales

Décimosexta.-Ayudas para la prestación de servicios ferroviarios regionales acogidos al Convenio Gobierno de Aragón-Renfe

Décimoséptima.-Política demográfica

Décimoctava.-Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales»

Décimonovena.-Programas finalistas de servicios sociales

Vigésima.-Tarifa del canon de saneamiento

Vigésimoprimera.-Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia

Vigésimosegunda.-Retribuciones del personal sanitario al que se aplica el sistema de cupo y zona

Vigésimotercera.-Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón

Vigésimocuarta.-Personal no directivo al servicio de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma

Vigésimoquinta.-Enseñanza concertada

Vigésimosexta.-Justificación de costes indirectos por parte de la Universidad de Zaragoza

Vigésimoséptima.-Adaptación de los programas de gratuidad en la compra de libros de texto y material escolar complementario

Vigésimoctava.-Reservas sociales de contratos para el año 2012

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.-Indemnizaciones por razón de servicio

Segunda.-Dotación presupuestaria del Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores

Tercera.-Subvenciones a cámaras agrarias de Aragón

Cuarta.-Financiación suplementaria de las comarcas

Quinta.-Financiación suplementaria de la Universidad de Zaragoza

Sexta.-Financiación suplementaria de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión

DISPOSICIONES FINALES

D.F. UNICA.

Única.-Entrada en vigor