Preambulo �nico Presupu...013 Aragón

Preambulo �nico Presupuestos 2013 Aragón

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En nombre del Rey y como Presidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón y ordeno se publique en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el "Boletín Oficial del Estado", todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.

ÍNDICE

PREÁMBULO

TÍTULO PRIMERO.DE LA APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS

Artículo 1. - Aprobación y contenido

Artículo 2. Beneficios fiscales

Artículo 3.- Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón

TÍTULO SEGUNDO. DE LOS CRÉDITOS Y SUS MODIFICACIONES

Artículo 4. - Vinculación de los créditos

Artículo 5. Imputación de gastos

Artículo 6. - Créditos ampliables

Artículo 7. Transferencias de crédito

Artículo 8. - Incorporación de remanentes de crédito

Artículo 9. Habilitación de aplicaciones presupuestarias

Artículo 10. - Garantía presupuestaria de los recursos afectados

Artículo 11. Ajustes en los estados de gastos e ingresos del presupuesto

Artículo 12.- Normas generales relativas a los expedientes de modificación de créditos

TÍTULO TERCERO. DE LA GESTIÓN DEL PRESUPUESTO

Artículo 13. - Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan compromisos financieros

Artículo 14. Gestión de los créditos finalistas y cofinanciados

Artículo 15. - Autorización para adquirir compromisos de ejercicios futuros

Artículo 16. Transferencias a organismos públicos

TÍTULO CUARTO. DE LOS CRÉDITOS DE PERSONAL

CAPÍTULO I. REGÍMENES RETRIBUTIVOS

Artículo 17. - Normas básicas en materia de gastos de personal

Artículo 18. Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los directores generales y asimilados, del personal eventual y de otro personal directivo

Artículo 19. - Conceptos retributivos, devengo y cuantías aplicables a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la disposición final cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público

Artículo 20. Personal docente no universitario

Artículo 21. - Complemento de productividad y gratificaciones

Artículo 22. Complemento personal transitorio

Artículo 23. - Retribuciones del personal laboral

Artículo 24. Retribuciones de los funcionarios interinos

Artículo 25. - Retribuciones del personal estatutario

Artículo 26. Retribuciones complementarias del personal al servicio de la Administración de Justicia

Artículo 27.- Retribuciones del personal de las empresas de la Comunidad Autónoma

CAPÍTULO II. OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE RÉGIMEN DE PERSONAL ACTIVO

Artículo 28. - Anticipos de retribuciones

Artículo 29. Prohibición de ingresos atípicos

Artículo 30. - Provisión de puestos reservados a representantes sindicales

Artículo 31. Normas generales sobre ordenación y provisión de puestos de trabajo

TÍTULO QUINTO. DE LAS TRANSFERENCIAS A ENTIDADES LOCALES Y DE LAS ACTUACIONES DE POLÍTICA TERRITORIAL

Artículo 32. - Normas de gestión del Fondo Local de Aragón

Artículo 33. Programas de apoyo a la Administración Local y de Política Territorial

TÍTULO SEXTO. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

Artículo 34. - Alcance y contenido de las operaciones de endeudamiento

Artículo 35. Operaciones financieras de organismos públicos, empresas y demás entes pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma

Artículo 36. - Otorgamiento de avales y garantías

Artículo 37. Límite para los contratos de reafianzamiento y aval con las sociedades de garantía recíproca

Artículo 38.- Incentivos regionales

TÍTULO SÉPTIMO. DE LOS CRÉDITOS Y ACCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA COMPETITIVIDAD

Artículo 39. - Creación del Fondo para el fomento del empleo y de la competitividad

Artículo 40. Gestión del Fondo para el fomento del empleo y de la competitividad

Artículo 41.- Anexo del Fondo para el empleo y la competitividad

TÍTULO OCTAVO. DE LOS CRÉDITOS Y ACCIONES PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL Y LA AYUDA FAMILIAR URGENTE

Artículo 42. - Creación del Fondo para la inclusión social y la ayuda familiar Urgente

Artículo 43. Gestión del Fondo para la inclusión social y la ayuda familiar urgente

Artículo 44. - Anexo del Fondo para la inclusión social y la yuda familiar urgente

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón

Segunda.- Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones

Tercera.- Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para contratar con las Administraciones públicas

Cuarta.- Subsidiación de intereses

Quinta.- Información sobre gestión presupuestaria a la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública de las Cortes de Aragón

Sexta.- Fondo de Acción Social en favor del personal

Séptima.- Subvenciones sindicales

Octava.- Reducción de retribuciones del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio.

Novena.- Gestión de los créditos de la Sección 30

Décima.- Anticipos de subvenciones en materia de servicios sociales y sanitarios

Undécima.- Ayudas sociales a pacientes hemofílicos afectados por los virus de la hepatitis C (VHC)

Décimosegunda.- Ingreso Aragonés de Inserción

Décimotercera.- Ayuda a los países más desfavorecidos

Décimocuarta.- Rendición y contenido de cuentas

Décimoquinta.- Compensación por iniciativas legislativas populares

Décimosexta.- Transferencias corrientes a las entidades locales aragonesas para la gestión de los servicios sociales

Décimoséptima.- Política demográfica

Décimoctava.- Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales»

Décimonovena.- Programas finalistas de servicios sociales

Vigésima.- Tarifa del canon de saneamiento

Vigésimoprimera.- Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia

Vigésimosegunda.- Retribuciones del personal sanitario al que se aplica el sistema de cupo y zona

Vigésimotercera.- Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón

Vigésimocuarta.- Personal no directivo al servicio de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma

Vigésimoquinta.- Extensión de los nombramientos de personal funcionario interino docente

Vigésimosexta.- Enseñanza concertada

Vigésimoséptima.- Justificación de costes indirectos por parte de la Universidad de Zaragoza

Vigésimoctava.- Reservas sociales de contratos para el año 2013

Vigésimonovena.- Financiación de la Universidad de Zaragoza

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- Indemnizaciones por razón de servicio

Segunda.- Subvenciones a cámaras agrarias de Aragón.

DISPOSICIONES FINALES

D.F. UNICA.

Única.- Entrada en vigor